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Gualeguaychú avanza hacia ambientes 100% libres de humo de tabaco

La Municipalidad profundiza su estrategia de prohibición de fumar en espacios cerrados, ya sean públicos o privados con acceso público. El consumo de tabaco afecta la salud de fumadores y de no fumadores expuestos. Por una ciudad más saludable.

03 de Julio 2017 Más salud más vida


El consumo de tabaco es factor de riesgo para seis de las ocho principales causas de muerte a través del cáncer, la enfermedad cardiovascular y las enfermedades respira­torias crónicas.

Cerca de 6 millones de defunciones pre­maturas se producen anualmente a nivel mundial con desplazamiento de esta epi­demia hacia los países de menor desarro­llo económico. Se estima que la mitad de los fumadores muere de una enfermedad relacionada al consumo de tabaco y que viven en promedio 10-15 años menos que los no fumadores.

En nuestro país la mortalidad asciende a más de 40.000 personas cada año, más otros 6000 que mueren por haber sido fumadores pasivos.

 

Legislaciones

La ley Nacional 26.687/11 sancionó im­portantes medidas de alcance nacional como la prohibición de la publicidad y la regulación en el etiquetado con la inclu­sión de frases e imágenes que adviertan el daño del tabaco con información de la línea gratuita de atención al fumador del Ministerio de Salud en vista que el número de fumadores que desea dejar, es muy alto: 7 de cada 10 fumadores, pla­nearon o estaban pensando dejar de fumar (EMTA 2012)

Así mismo, en el año 2008 y luego que Gualeguaychú sancionara su Ordenanza N° 11.195 al respecto, se sanciona la Ley Provincial N° 9862 “Entre Ríos libre de Humo de Tabaco”. En este sentido, el Municipio de Gualeguaychú profundiza la estrategia de 100% ambientes libres de humo de tabaco como parte de las acciones de prevención de enfermedades crónicas no transmisible como lo es el tabaquismo.

Las legislaciones vigentes expresan la prohibición de fumar en espacios cerrados, ya sean públicos o privados con acceso público, comprendidos los espacios comunes a los espacios cerrados: restoranes, bares, confiterías, pubs, casino, bingos, loterías. Establecimientos industriales, comerciales, recreativos, asistenciales, educativos. Supermercados, hipermercados, paseos de compras. Salas de teatros, cines, espacios destinados a actividades culturales, salones de fiesta.  Cabinas telefónicas, cajeros automáticos, estación terminal de Ómnibus. Transporte público incluidos colectivos, remises. Edificios públicos como Juzgados, comisarias, oficinas de organismos públicos municipales, provinciales y nacionales que funcionan en el ejido de la ciudad de Gualeguaychú. Resaltamos que en instituciones educativas, hospitales y centros de salud la prohibición es total.

 

Requisitos para certificar como empresa o institución libre de humo

1. Todos los espacios cubiertos de la empresa/institución son libres de humo. No se permite fumar ni en ambientes cubiertos ni en ambientes descubiertos cercanos a las bocas de ventilación del edificio.

2. Los vehículos de la empresa/institución son libres de humo.

3. Los eventos organizados por la empresa/institución son libres de humo.

4. La norma se cumple en todos los niveles (empleados, gerentes, dueños) y con los visitantes (proveedores, clientes, etc).

5. No se vende tabaco dentro de la empresa/institución (kioscos o bares internos).

6. No hay ceniceros, salvo en la entrada de la empresa/institución donde se señala que es a los fines de apagar las colillas al ingresar.

7. Existen señales que indican que la empresa/institución es libre de humo de tabaco.


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