Ordenanzas - Dación de inmueble al Sra. Vignola


ORDENANZA Nº11255/2009.-

EXPTE.Nº 3516/2009-H.C.D.

 

 

VISTO:

          El Expediente Nº 6429/08, Caratulado: “Dirección de Asuntos Legales s/regularización dominial – Parc.Nº 5 – Manzana Nº 24 – Vignola Viviana”, y

 

CONSIDERANDO:

                               Que las presentes actuaciones se han iniciado en el marco del PROMEBA MUNILLA, el cual prevé dentro de los “objetivos y descripción del programa, el ítem “Acciones de intervención legal dirigidas a los beneficiarios”, que comprende la asistencia técnico legal para la legalización del dominio de la tierra, es decir, para la resolución de los posibles conflictos legales derivados del trámite de regularización dominial de las parcelas, recomendando que se lleven a cabo las medidas necesarias para su solución.

                               Que a fs.3 ha comparecido a la Dirección de Asuntos Legales la Señora Viviana del Carmen Vignola, D.N.I. Nº 20.099.476 con domicilio en calle Perito Moreno y Rosario, Casa Nº 2 “11 Viviendas”, quien en su carácter de propietaria del inmueble inscripto en el Registro de la Propiedad bajo matrícula 119.891, año 1987, plano Nº 43.970, partida 120.190, sito en Planta Urbana, Sección 1º, manzana 614, domicilio parcelario Goldaracena y 3 de Febrero s/nº, superficie 175,00 m2, manifiesta su intención de donar a esta Municipalidad dicho inmueble para que se disponga de él en el marco de PROMEBA, que vivió en ese lugar con su madre hasta el año 2003 y que se mudó de allí al Barrio “11 Viviendas” por haber resultado adjudicataria mediante el Programa Supce (Subunidad Provincial de Coordinación para la Emergencia), oportunidad en la cual ya entregó la posesión del inmueble descripto a la Secretaría de Desarrollo Social.

                               Que los datos catastrales del inmueble en cuestión son: Plano 76.046, Partida Provincial 120.190, Departamento y Ciudad de Gualeguaychú, Planta Urbana, Sección Primera, Manzana Nº 614, domicilio parcelario 3 de Febrero y Goldaracena s/nº con una superficie de 148,48 m2 cuyos límites y linderos son:  Norte: Recta (1-2) amojonada al N 89º 45´E de 16,78 metros, linda con calle Goldaracena. Este: recta (2-3) amojonada al S 6º 33´E de 9,00 metros, linda con calle 3 de Febrero. Sur: Recta (3-4) amojonada al N 88º 52´O de 17,25 metros, linda con Municipalidad de Gualeguaychú y Oeste: Recta (4-1) alambrada y

ORDENANZA Nº 11255/2009.-

 

 amojonada al N 3º 23´O de 8,54 metros, linda con Julián E Duré, Partida 150.680.

                               Que de acuerdo a las disposiciones del Art.11 ap 7 inc. d) de la Ley 3001, corresponde a este Honorable Concejo Deliberante dictar una Ordenanza de aceptación de la donación efectuada.

                               Que asimismo, de acuerdo a los seguimientos e informe Socio Económico realizado por la Secretaría de Desarrollo Social, que comprende estudios sobre la situación habitacional, económica y de salud del grupo familiar constituido por la pareja y tres hijos de 12, 9 y 3 años (obrantes a fs.7/14 de las presentes actuaciones) los Señores Carlos Miguel Folmer D.NI. Nº 27.213.714 y Yanina Cedrés, D.N.I. Nº 27.836.211 cumplen las condiciones y requisitos necesarios para resultar adjudicatarios del inmueble de marras, por lo que resulta procedente la adjudicación a su favor en carácter de donación.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.-ACEPTAR la donación efectuada por Viviana del Carmen Vignola, D.N.I. Nº 20.099.476, con domicilio en calle Perito Moreno y Rosario, Casa Nº2 “11 Viviendas”, en el marco del programa PRO.ME.BA del inmueble cuyos datos catastrales son Plano 76.046, Partida Provincial 120.190, Departamento y ciudad de Gualeguaychú, Planta Urbana, Sección Primera, Manzana Nº 614, domicilio parcelario 3 de Febrero y Goldaracena s/nº con una superficie de 148,48 m2, cuyos límites y linderos son : Norte: Recta (1-2) amojonada al N  89º 45´E de 16,78 metros, linda con calle Goldaracena. Este. Recta (2-3) amojonada al S 6º 33´E de 9,00 metros, linda con calle 3 de Febrero. Sur: recta (3-4) amojonada al N 88º 52´O de 17,25 metros, linda con Municipalidad de Gualeguaychú y Oeste: Recta (4-1) alambrada y amojonada al N 3º 23´O de 8,54 metros, linda con Julián E Duré, Partida 150.680.

ART.2º.- EN virtud de lo dictaminado por la Secretaría de Desarrollo Social, autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a adjudicar en carácter de donación el inmueble que se describe

 

ORDENANZA Nº 11255/2009.-

 

 en el Art.1º a los Sres. Carlos Miguel Folmer D.N.I. Nº 27.213.714 y Yanina Cedrés D.N.I. Nº 27.836.211.

ART.3º.- POR Dirección de Asuntos Legales, designar escribano de lista para la escrituración simultánea de ambos actos.

ART.4º.- COMUNIQUESE, ETC….

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 21 de mayo de 2009.

Liliana M. Ríos, Presidenta – Lisandro Gamarra, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

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