Ordenanzas - Donación de predio Escuela Nº 114 “Justo José de Urquiza”


ORDENANZA Nº11615/2011.-

EXPTE.Nº 4408/2011-H.C.D.

 

 

VISTO:

           El expediente Nº 3733/11, Caratulado “ESCUELA Nº 114 JUSTO JOSÉ DE URQUIZA S/ USO SALÓN COMUNITARIO BARRIO ARTURO ILLIA”; y

 

CONSIDERANDO:       

                               Que mediante nota obrante a fs. 1, la Escuela Nº 114 “Justo José de Urquiza” solicita  la donación a su favor de una fracción del inmueble de propiedad municipal, sito en Manzana 2019, Plano Catastral 53.767, Partida 50.329, la cual de acuerdo a información suministrada por la Secretaría de Planeamiento a fs. 5, abarca una superficie de 1.187,10 m2 y sus límites y linderos son: NORTE: linda con Pasaje Público mediante línea recta (i´-1) al S 79º 55´ E de 30,00 m.; ESTE: Linda con fracción remanente de Municipalidad de Gualeguaychú mediante línea recta (1-2) al S 10º 05´O de 39,57 m.; SUR: linda con Pasaje Público mediante línea recta (2-q) al N 79º 55´O de 30,00 m; y OESTE: linda con Pasaje Público mediante línea recta  (q-i´) al N 10º 05´O de 39,57 m., conforme croquis obrante a fs. 6.

                               Que de acuerdo a la Memoria Descriptiva del Proyecto que obra de fs. 9 a 11, la Escuela Nº 114 “Justo José de Urquiza” tiene un déficit de espacios para actividades culturales, deportivas y recreativas, y el terreno que se solicita en donación es contiguo a la escuela, sito en el Barrio Arturo Illia, 140 Viviendas y cuenta con un galpón conformado por dos tinglados, los cuales serían destinados, uno para salón de desarrollo de actividades culturales y recreativas, y el otro como espacio semicubierto para actividades deportivas.

                               Que en el remanente del lote cuya donación se solicita, de acuerdo a lo informado por la Dirección de Catastro a fs. 4, existe una plaza pública  por lo que el uso de las instalaciones sería complementario a las diferentes actividades a realizar al aire libre, no sólo por alumnos de la escuela, sino por los vecinos adolescentes e infantes del barrio, como forma de contención para todos ellos.

                               Que de acuerdo al Decreto Provincial Nº 6197/86 GOB, las escrituras traslativas de dominio que se refieran a inmuebles destinados al Consejo General de Educación, deberán formalizarse de manera que la titularidad del dominio lo sea a nombre del Estado Provincial, por lo que la donación mediante Ordenanza deberá disponerse a favor del Superior

ORDENANZA Nº11615/2011.-

 

Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y con destino al Consejo General de Educación.

                              Que corresponde el dictado de una ordenanza que autorice al Departamento Ejecutivo Municipal a donar el predio en cuestión (artículo 95 inc. t) Ley 10.027).

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a donar al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, con destino al Consejo General de Educación, con cargo de ser utilizado por la Escuela Nº 114 “Justo José de Urquiza” para actividades culturales, recreativas y deportivas, en forma complementaria al uso de la plaza pública contigua a sus instalaciones, el inmueble sito en Manzana 2019, Plano Catastral 53.767, Partida 50.329, con una superficie de un mil ciento ochenta y siete metros cuadrados con diez decímetros cuadrados (1.187,10 m2) que se desglosa de mayor superficie, inscripta a nombre de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú cuyos límites y linderos son: NORTE: linda con Pasaje Público mediante línea recta (i´-1) al S 79º 55´E de 30,00 m.; ESTE: Linda con fracción remanente de Municipalidad de Gualeguaychú mediante línea recta (1-2) al S 10º 05´O de 39,57 m.; SUR: linda con Pasaje Público mediante línea recta (2-q) al N 79º 55´O de 30,00 m.; y OESTE: linda con Pasaje Público mediante línea recta  (q-i´) al N 10º 05´O de 39,57 m.

ART.2º.-COMUNIQUESE, ETC…

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 8 de septiembre de 2011.

Liliana M. Ríos, Presidenta – Jeremías Irigoytía, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

 

 

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