Ordenanzas - Excepción Sra. Otto


 

ORDENANZA Nº 10958/2006.-

EXPTE.Nº 2672/2006-H.C.D.-

 

 

 

 

 

VISTO:

             El Expediente Nº 2672/2006, Caratulado: “ Nota presentada por el Sr. Ernesto Fugel solicitando prórroga a fin de cumplimentar trámites de habilitación para emprendimiento.”

 

CONSIDERANDO:

                               Que la aludida documental hace expresa referencia a la solicitud formulada por el Sr. Ernesto Fugel en representación de la Sra.Silvia Beatriz Otto, peticionando en términos concretos una prórroga hasta el mes de febrero de 2007 para cumplimentar la documentación requerida y necesaria para habilitar un emprendimiento industrial maderero.

                               Que dicho emprendimiento, constituye la principal fuente de ingreso para el núcleo familiar del vecino peticionante, como asimismo de tres familias que desempeñan distintas tareas operativas en el mismo.

                               Que el local ocupado en la actualidad – reviste el carácter de provisorio -  conforme la precaria situación económica que detentan los interesados, teniendo previsto vencido el plazo solicitado, proceder a la localización del emprendimiento en un lugar apropiado y concordante con las normativas municipales al efecto.

                               Que el Sr. Ernesto Fugel, ha acordado observar durante el lapso de tiempo establecido, normas de convivencia que no afecten elementales derechos ciudadanos de los vecinos próximo al lugar y de ocasionales transeúntes.

                               Que analizada la situación en particular, este ámbito legislativo comunal, juzga procedente acceder a lo peticionado en tiempo y forma por el Sr. Ernesto Fugel, sustentando dicha resolución en la ineludible búsqueda de soluciones concretas ante la posibilidad cierta del cierre definitivo de una fuente laboral.

 

POR ELLO:

 

 

 

ORDENANZA Nº 10958/2006.-

 

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- DISPONESE otorgar a favor de la Sra.Silvia Beatriz Otto, D.N.I. Nº 12.095.117, con domicilio en Bv. 2 de Abril Nº 1625 de esta ciudad, con carácter de excepción -  hasta la fecha correspondiente al 28 de febrero de 2007 – el uso de las instalaciones ubicadas en calle Magnasco al Norte para ser afectadas temporalmente al funcionamiento de una actividad comercial vinculada al rubro maderero.

ART.2º.- EXPIRADO el plazo concedido a través del presente, la radicación comercial de marras deberá  inexorablemente adecuarse a los aspectos normativos vigentes para emprendimientos de estas características.

ART.3.- COMUNÍQUESE, etc....

 

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 20 de noviembre de 2006.

Héctor de la Fuente, Presidente –Gerardo Sánchez, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

 

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