Ordenanzas - Adhesión al sistema del Instituto de Control Alimentación y Bromatología de la Provincia de Entre Ríos (I.C.A.B.)


ORDENANZA Nº 12.078/2016.

EXPTE.Nº 5748/2016. H.C.D.

VISTO:

La nota suscripta por la responsable del área de bromatología, Mgs. Noelia Indart y el director de inspección general, Dr. Jorge Cuenca, solicitando la adhesión al régimen establecido por el I.C.A.B., y;

CONSIDERANDO:

         Que los funcionarios mencionados remiten nota dirigida al presidente de este cuerpo, adjuntando una solicitud formulada por representantes de diversas instituciones de nuestra ciudad a saber, I.N.T.I. Entre Ríos, Corporación del Desarrollo Gualeguaychú y Facultad de Bromatología de la Universidad de Entre Ríos.

         Que en dicha misiva, las instituciones proponen un proyecto de ordenanza tendiente a que desde este Municipio se adhiera a un sistema establecido por el Instituto de Control Alimentación y Bromatología de la Provincia de Entre Ríos (I.C.A.B.) mediante Resolución 34/2016, donde se fija el modelo de condiciones higiénico-sanitarias y de buenas prácticas de manufacturas para la elaboración de alimentos en el marco de microemprendimientos.

         Que dicha normativa reduce las exigencias a cumplir por los emprendedores, en la medida en que no se comprometa la inocuidad de los alimentos elaborados.

         Que, asimismo, aquellos emprendedores que satisfagan las disposiciones establecidas por la Resolución, podrán inscribirse en el Registro Provincial de Establecimientos Alimenticios Locales y en el Registro Provincial de Productos Alimenticios, quedando exceptuados del pago del arancel de inscripción por el plazo de un (1) año.

         Que los beneficios de adherir a la presente normativa, surge de una tarea en conjunto realizada por distintas áreas de la Municipalidad de Gualeguaychú, tales como Dirección de Inspección General (Área de Bromatología), Dirección de Habilitaciones y Dirección de Producción y Desarrollo Económico, de forma particular y posteriormente en la Comisión de Seguridad, Uso Público, Bromatología y Habilitaciones de este Concejo Deliberante, conjuntamente con la Agencia Extensión Rural INTA, Delegación Gualeguaychú, INTI Entre Ríos, Unidad de Extensión Gualeguaychú, Facultad de Bromatología  de la Universidad Nacional de Entre Ríos (U.N.E.R.) y la Corporación del Desarrollo de Gualeguaychú (CODEGU).

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

Artículo 1°: ADHERIR al sistema aprobado mediante el artículo 1° de la Resolución 034/2016 del Instituto de Control Alimentación y Bromatología de la Provincia de Entre Ríos (I.C.A.B.), mediante la cual se establece un modelo de condiciones higiénico-sanitarias y de buenas prácticas de manufactura para la elaboración de alimentos en el marco de microemprendimientos.

Artículo 2°: PLANIFICAR estrategias tendientes a promover la inserción de los emprendedores que se encuentren dentro del rubro alimenticio al sistema formal de comercialización.

Artículo 3°: PROPONER acciones de capacitación en buenas prácticas de higiene y de elaboración dirigidas a emprendedores de alimentos con el propósito de propender a la elaboración de alimentos seguros.

Artículo 4°: COMUNIQUESE, publíquese y archívese.

 

Sala de Sesiones – Honorable Concejo Deliberante.

San José de Gualeguaychú, 23 de diciembre de 2016.

Jorge F. Maradey, Presidente – Leandro M. Silva, Secretario.

 

 

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