Ordenanzas - Autorización a usar espacio aéreo público Municipal Sr. Cagnoli


ORDENANZA Nº 11263/2009.-

EXPTE.Nº 3542/2009-H.C.D.

 

VISTO:

            El expediente Nº 3257/08 iniciado por el Sr. Conrado Atilio Cagnoli, a través del cual eleva nota referente a la solicitud para la utilización del espacio aéreo público Municipal.

CONSIDERANDO:

                               Que en la misma solicita autorización para realizar trabajos de mejoras y actualización en la red cableada de la provisión del servicio de Internet y Cable con la instalación de nuevos equipos en la vía pública, en diferentes sectores del ejido urbano de nuestra ciudad.

                               Que  conforme menciona el dictamen del área de habilitaciones que se acompaña, el Consejo de administración de la Cooperativa de Consumo de Electricidad y Afines de Gualeguaychu Limitada, autoriza en la persona del Señor CAGNOLI Conrado Atilio el tendido de red, usando la postería de distribución eléctrica de baja tensión, exclusivamente en aquellos soportes que no estén siendo usados por otras Empresas distribuidoras de Cable.

                               Que  asimismo, cumplido el trámite administrativo correspondiente el encargado del área de habilitaciones culmina dictaminando autorizar al nombrado ut supra  al uso del espacio aéreo público municipal en la forma y finalidad que solicita.-

                               Que la autorización conferida se adecua a la normativa establecida en la Ordenanza 9709/91

                               Que siendo que el espacio aéreo es patrimonio municipal, le compete al municipio el derecho y la responsabilidad de legislar y controlar todo aquello necesario para la mejor calidad de vida en resguardo de la seguridad y comodidad pública, promoviendo el derecho de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona y la sociedad.

 

ORDENANZA Nº 11263/2009.-

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

 ART.1º.- Autorízase al Señor Cagnoli Conrado Atilio a utilizar el espacio aéreo público Municipal  en el ejido de la ciudad de Gualeguaychú, dado que no se opone a las reglamentaciones vigentes que lo regulan.

 ART.2º.- Las roturas de veredas y demás daños ocasionados, por el uso antes autorizado y  citados en el artículo anterior deberán ser reparadas por el SR. Conrado A. Cagnoli y a su exclusivo cargo.-

ART.3º.- Comuníquese, etc….

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 12 de junio de 2009.

Liliana M. Ríos, Presidenta – Lisandro Gamarra, Secretario.

 

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