Ordenanzas - Contratación de seguro de caución


ORDENANZA Nº 10845/2005.-

EXPTE.Nº 2338/2005-H.C.D.

 

 

VISTO:

               El expediente Nº 2338/2005, Caratulado: “ Nota remitida por el Sr. Director de Asuntos Legales Dr. Jorge Manfuert”.

 

CONSIDERANDO:

                               Que se presenta el Sr. Director de Asesoría Legal de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, informando sobre la tramitación ante el Juzgado Civil y Comercial Nº 1 de esta ciudad, de los autos caratulados:

 “ Niz, Sixta Adriana c/Cevallos, Alejandro Ernesto y Otros – Sumario por Daños y Perjuicios”. Expte.Nº 1634, en el que  se ha dictado sentencia, la que se encuentra en trámite de ejecución.

                               Que en dicha ejecución se ha dispuesto un embargo por la suma de Pesos Ciento Treinta y Nueve Mil Ciento Veintiocho ($ 139.128,00.-) sobre la Cuenta Corriente Nº 5712/00 que la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, posee en el Nuevo Banco de Entre Ríos S.A.

                               Que como lo informa el Dr. Manfuert, dicha medida causa graves perjuicios en el funcionamiento municipal.

                               Que a fin de evitar dichos perjuicios, resulta necesario liberar la cuenta antes indicada,  levantando el embargo trabado sobre la misma.

                               Que dicha liberación se concretaría sustituyendo la medida cautelar trabada por un seguro de caución que cubra el monto referido..

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN  JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú a contratar un seguro de caución a los efectos de sustituir el embargo trabado en la ejecución de sentencia de los autos caratulados: “ NIZ SIXTA ADRIANA C/CEVALLOS, ALEJANDRO ERNESTO Y OTROS – SUMARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS”, Expte.Nº 1634, que tramitan por ante el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº1 de esta ciudad, por la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO VEINTIOCHO

 

ORDENANZA Nº 10845/05.-

 

 

( $ 139.128,00.-) sobre la cuenta corriente Nº 5712/0 que la Municipalidad de San José  de Gualeguaychú posee en el Nuevo Banco de Entre Ríos S.A.

ART.2º.- REGÍSTRESE, notifíquese y oportunamente archívese.

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 7 de diciembre de 2005.

Héctor de la Fuente, Presidente – Víctor Ingold, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico. 

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