Ordenanzas - Contrato de opción de compra de inmueble y derechos hereditarios de Terminal


                                 ORDENANZA NRO.10220/96.-

                                 EXPTE.NRO.10253/96-H.C.D.

 

 

VISTO:

   El Expte.Nro.2970/95, Caratulado: "Dirección de Planeamiento s/Opiniones e Instituciones s/Traslado de Terminal de Omnibus " - adjunto Exptes. Nros. 1982/96 y 2086/96, remitidos por el Departamento Ejecutivo Municipal.

 

CONSIDERANDO:

             Que en dichos Exptes se encuentra glosado el "Contrato de Opción de Compra de Inmueble y Derechos y Acciones Hereditarias", suscripto por el Sr. Presidente Municipal Don José Daniel Irigoyen, asistido por el Sr. Secretario de Gobierno Dr. Fabián Arturo Ronconi en representación de la Municipalidad de Gualeguaychú en su carácter de "adquirente", y por los Sres. José Alberto Blejer y Adolfo Blejer en carácter de "enajenantes".

                Que el inmueble objeto de dicho contrato - sugerido por la Comisión designada mediante Decreto Nro. 296/96 - será destinado a la construcción de la nueva Terminal de Omnibus de Gualeguaychú.

                Que según la cláusula duodecima del Contrato en cuestión, el mismo solo adquirirá plena validez, únicamente después de homologado por éste Honorable Cuerpo Legislativo.

 

POR ELLO:

       EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD

DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

                               ORDENANZA

 

ART.1.-HOMOLOGASE el contrato de opción de compra de inmueble y derechos hereditarios, suscripto por el Departamento Ejecutivo Municipal y los Sres. José Alberto Blejer, D.N.I. Nro. 5.877.889 y Adolfo Blejer, L.E. Nrio. 7.633.947 en fecha 28 de Agosto de 1996.

 

 

 

 

 

 

                                 ORDENANZA NRO.10220/96.-

                                 EXPTE.NRO.10253/96-H.C.D.

 

 

VISTO:

   El Expte.Nro.2970/95, Caratulado: "Dirección de Planeamiento s/Opiniones e Instituciones s/Traslado de Terminal de Omnibus " - adjunto Exptes. Nros. 1982/96 y 2086/96, remitidos por el Departamento Ejecutivo Municipal.

 

CONSIDERANDO:

             Que en dichos Exptes se encuentra glosado el "Contrato de Opción de Compra de Inmueble y Derechos y Acciones Hereditarias", suscripto por el Sr. Presidente Municipal Don José Daniel Irigoyen, asistido por el Sr. Secretario de Gobierno Dr. Fabián Arturo Ronconi en representación de la Municipalidad de Gualeguaychú en su carácter de "adquirente", y por los Sres. José Alberto Blejer y Adolfo Blejer en carácter de "enajenantes".

                Que el inmueble objeto de dicho contrato - sugerido por la Comisión designada mediante Decreto Nro. 296/96 - será destinado a la construcción de la nueva Terminal de Omnibus de Gualeguaychú.

                Que según la cláusula duodecima del Contrato en cuestión, el mismo solo adquirirá plena validez, únicamente después de homologado por éste Honorable Cuerpo Legislativo.

 

POR ELLO:

       EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD

DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

                               ORDENANZA

 

ART.1.-HOMOLOGASE el contrato de opción de compra de inmueble y derechos hereditarios, suscripto por el Departamento Ejecutivo Municipal y los Sres. José Alberto Blejer, D.N.I. Nro. 5.877.889 y Adolfo Blejer, L.E. Nrio. 7.633.947 en fecha 28 de Agosto de 1996.

 

 

 

                                 ORDENANZA NRO.10220/96.-

                                 EXPTE.NRO.10253/96-H.C.D.

 

 

VISTO:

   El Expte.Nro.2970/95, Caratulado: "Dirección de Planeamiento s/Opiniones e Instituciones s/Traslado de Terminal de Omnibus " - adjunto Exptes. Nros. 1982/96 y 2086/96, remitidos por el Departamento Ejecutivo Municipal.

 

CONSIDERANDO:

             Que en dichos Exptes se encuentra glosado el "Contrato de Opción de Compra de Inmueble y Derechos y Acciones Hereditarias", suscripto por el Sr. Presidente Municipal Don José Daniel Irigoyen, asistido por el Sr. Secretario de Gobierno Dr. Fabián Arturo Ronconi en representación de la Municipalidad de Gualeguaychú en su carácter de "adquirente", y por los Sres. José Alberto Blejer y Adolfo Blejer en carácter de "enajenantes".

                Que el inmueble objeto de dicho contrato - sugerido por la Comisión designada mediante Decreto Nro. 296/96 - será destinado a la construcción de la nueva Terminal de Omnibus de Gualeguaychú.

                Que según la cláusula duodecima del Contrato en cuestión, el mismo solo adquirirá plena validez, únicamente después de homologado por éste Honorable Cuerpo Legislativo.

 

POR ELLO:

       EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD

DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

                               ORDENANZA

 

ART.1.-HOMOLOGASE el contrato de opción de compra de inmueble y derechos hereditarios, suscripto por el Departamento Ejecutivo Municipal y los Sres. José Alberto Blejer, D.N.I. Nro. 5.877.889 y Adolfo Blejer, L.E. Nrio. 7.633.947 en fecha 28 de Agosto de 1996.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ART.2.- COMUNIQUESE, ETC...

 

 

 

 

 

SALA DE SESIONES,SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU,27 DE SEPTIEMBRE 1996.

JOSE INGOLD, PRESIDENTE - GUILLERMO MARTINEZ,SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.

 

 

 

 

 

 

ART.2.- COMUNIQUESE, ETC...

 

 

 

 

 

SALA DE SESIONES,SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU,27 DE SEPTIEMBRE 1996.

JOSE INGOLD, PRESIDENTE - GUILLERMO MARTINEZ,SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.

 

 

 

ART.2.- COMUNIQUESE, ETC...

 

 

 

 

 

SALA DE SESIONES,SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU,27 DE SEPTIEMBRE 1996.

JOSE INGOLD, PRESIDENTE - GUILLERMO MARTINEZ,SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.

ORDENANZAS

Accesibilidad UrbanaAmbienteAportes PatronalesCeremonialCódigo TributarioComercioConcesionesConstruccionConvocatorias Concursos municipioDonacionesExcepciónHigieneMedio AmbienteMujer integracion socialMultasObras PrivadasObras PúblicasOtroPago a ProveedoresPasantiasPatrimonio CulturalPresupuestoPromocion SocialResiduosSaludServicios a la comunidadTránsitoTurismoViviendas IAPV PROCREAR SIMIL