Ordenanzas - Creación del Fondo Federal Solidario


ORDENANZA Nº 11464/2010.-

EXPTE.Nº 3979/2010-H.C.D.

                                                           

VISTO:

           La Ordenanza Nº 11327/2009 y el Decreto Nacional Nº 206/09, por medio del cuál se crea el Fondo  Federal Solidario; y

 

CONSIDERANDO:

         Que por Ordenanza Nº 11327/2009, el Honorable Concejo Deliberante aprobó el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el año 2010.

         Que el art. 1º del Decreto Nacional  Nº 206/09, establece que los recursos del Fondo Federal Solidario tendrá como finalidad financiar obras que contribuyan a mejorar la infraestructura sanitaria, hospitalaria, de vivienda o vial, en ámbitos urbanos o rurales del territorio provincial.

         Que por Ordenanza Nº 11237/2009, este Municipio se adhiere al Fondo Federal Solidario creado por Decreto Nacional Nº 206/09 y al Decreto Provincial Nº 758/09.

         Que a los fines de la necesaria modificación presupuestaria corresponde considerar que en el Ejercicio 2009, quedaron sin ejecutar al 31/12/2009 del Fondo Federal Solidario PESOS SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 47/100 ($ 625.237,47), el que se halla disponible al inicio del presente ejercicio en la cuenta bancaria Nº 600469/0 de Nuevo Banco de Entre Ríos S.A., Sucursal Gualeguaychú, motivo por el cual corresponde modificar el Cálculo de Recursos 2010, incorporando como disponibilidad inicial dicho importe.

         Que en el CONVENIO firmado entre la Provincia de Entre Ríos y la Municipalidad de Gualeguaychú, ésta se obliga a ejecutar en forma completa los trabajos correspondientes a la obra “CONSTRUCCIÓN VEREDAS, PASEOS Y PARQUIZACIÓN DE PLAZA DE ARTESANOS –LOS AMIGOS” por un monto total de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($ 250.000,00) y que para llevar adelante la correcta ejecución se hace necesaria la transferencia presupuestaria desde la partida servicios no personales a bienes de consumo; sin que ello implique modificación en el monto global del Programa.

         Que este Departamento Ejecutivo Municipal tiene facultad para realizar Transferencias Compensatorias que aseguren el equilibrio preventivo que se proyecta en el Balance Presupuestario para el Ejercicio 2010.     

 

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA EL SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

 

ART.1º.- INCREMÉNTESE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11327/09 en el rubro: 35.1.01.00 Disminución de otros activos financieros, De disponibilidades, De Caja y Bancos, en la suma de PESOS SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 47/100 ($ 625.237,47).

ORDENANZA Nº 11464/2010.

 

ART.2º.-  AMPLÍESE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11327/09 en la Partida  Servicios no Personales de Obras Hídricas y Saneamiento –Trabajos Públicos la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA MIL ($ 260.000,00), en la Partida Servicios no Personales de Pavimentos por Contribución por Mejoras –Trabajos Públicos la suma de PESOS VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 47/100 ($ 25.237,47), en la Partida  Bienes de Consumo de Pavimentos por Contribución por Mejoras –Trabajos Públicos la suma de PESOS CIENTO SETENTA MIL ($ 170.000,00), en la Partida Bienes de Consumo de Obras Hídricas y Saneamiento –Trabajos Públicos la suma de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($ 120.000,00) y en la Partida Bienes de Consumo de Viviendas Fondo Federal Solidario –Trabajos Públicos la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00); todo ello dentro de la Fuente de Financiamiento 133 –Recursos de Origen Nacional del Fondo Federal Solidario.

ART. 3º.- TRANSFIÉRASE de la Partida Servicios no  Personales a la Partida Bienes de Consumo la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS ($ 46.500,00); todo ello de Jurisdicción 1110108000 TRABAJOS PUBLICOS, Apertura Programática 44.75.00 Construcción Plaza Artesanos –Los Amigos con Fuente de Financiamiento Provincial 132.

ART.4º.- TRANSFIÉRASE de la Partida Transferencias a la Partida Servicios no Personales la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00); todo ello dentro del Área Seguridad Alimentaria –Secretaría de Desarrollo Social, Fuente de Financiamiento 110.

ART. 5º.-TRANSFIÉRASE de la Partida Servicios no Personales a la Partida Bienes de Consumo la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00); todo ello dentro de Mantenimiento de Calles –Secretaría de Obras y Servicios Públicos.

ART. 6º.- COMUNIQUESE, ETC…

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 29 de julio de 2010.

Liliana M. Ríos, Presidenta – Mariano Rodríguez, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

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