Ordenanzas - Régimen sanitario para la explotación y/o tenencia de animales de granja


                                ORDENANZA NRO.10205/96.-

                                EXPTE.NRO.10012/96-H.C.D.

 

 

VISTO:

         Lo dispuesto por la Ordenanza Nro. 10146/95 sobre

instalaciones destinadas a la crianza de porcinos y aves.

 

CONSIDERANDO:

             Que en la Dirección de Inspección, como así también en la Sección Veterinaria, existen a diario denuncias por la tenencia  de ovinos, chivos y cabras.

           Que la crianza de éstas especies no se encuentra

normada a la fecha.

           Que éstas especies pueden ser portadoras de enfermedades zoonóticas como así también,su asinamiento provoca un impacto ambiental negativo.

              Que los olores que provoca e`ste tipo de

explotación provoca molestias a los vecinos.

             Que la tenencia de éstos animales en corrales o potreros precarios se hace sumamente difícil, lo cual lleva a que se escapen y provoquen daños a los alambrados, cercos y plantas de los vecinos.

           Que es una obligación ineludible del Municipio,

velar por la salud de la población, como asi también fijar

condiciones para las explotaciones familiares y comerciales de éstas especies.

 

POR ELLO:

       EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD

DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

                               ORDENANZA

 

ART.1.-MODIFIQUESE el Art.1ro. de la Ordenanza Nro. 10146/95, el cual quedará redactado de la siguiente forma: "ESTABLECESE el siguiente régimen sanitario para la explotación y/o tenencia de cerdos, aves de corral, ovinos, chivos y cabras en el Ejido Municipal de Gualeguaychú".

ART.2.-PARA la explotación familiar y comercial de éstas especies, en cuanto a la zonificación, instalaciones y cantidad de animales, regirán las mismas normas que para la explotación porcina.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ART.3.-COMUNIQUESE, ETC...

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SALA DE SESIONES, SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 9 DE AGOSTO DE 1996.

JOSE INGOLD, PRESIDENTE - GUILLERMO MARTINEZ, SECRETARIO.

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