Ordenanzas - Subsidio a Asociaciones de Sordos y Síndrome de Down de Gualeguaychú


                                   ORDENANZA NRO.10194/96.-

                                 EXPTE.NRO.10059/96-H.C.D.

 

 

VISTO:

         El Expte. Nro. 10059/96, Caratulado: " Nota presentada por el Sr. Pablo Recchia", mediante el cual, según luce a fojas 1 y 2, distintas instituciones sociales solicitan a éste Cuerpo Legislativo un respaldo económico que contribuya a solventar el alquiler de una vivienda destinada al funcionamiento de la Asociación de Sordos y de Síndrome de Down, como así también aporte a prestar servicios a las instituciones que acompañan la solicitud, en especial a la Zonal IV de la Federación de Asociaciones de Discapacitados de la Provincia de Entre Ríos (FADER).

 

CONSIDERANDO:

                Que miembros de éste Honorable Concejo Deliberante han mantenido reuniones con representantes de las Asociaciones de Sordos, Síndrome de Down, A.D.E.R, ADICHU, EMANUEL y SANTA RITA, en las cuales éstas Instituciones manifestaron la voluntad unánime de contar con el respaldo municipal que les permitiera acceder al alquiler de un inmueble para el desenvolvimiento de distintas actividades relacionadas con sus funciones, y en particular como sede de las instituciones indicadas en el visto de la presente.

                Que éste Cuerpo considera pertinente lo solicitado y reconoce la importancia social del trabajo que

desarrollan éstas Instituciones, comprendiendo que el Estado debe concurrir en respaldo de organizaciones comprometidas con el bien común.

                  Que luego de un pormenorizado análisis y descartadas otras alternativas, como es el ofrecimiento del

Centro del Crecimiento Personal y Social para compartir dicho espacio por razones fundadas, y atendiendo que la solicitud de un posible alquiler es de carácter temporario al estar recaudando e`stas instituciones - Sordos y Down - fondos para adquirir una casa propia.

                Que la Dirección Municipal de Integración del Discapacitado comparte la preocupación de éste Cuerpo, habiendo realizado gestiones en aras de una efectiva solución.

 

 

 

 

POR ELLO:

 

      EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD

 

DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

                               ORDENANZA

 

ART.1.-OTORGUESE a las Asociaciones de Sordos y Síndrome de Down de Gualeguaychú, un subsidio mensual de $ 400.- (PESOS CUATROCIENTOS) a partir del mes de Junio de 1996 y hasta el mes de Diciembre de 1997.

ART.2.-DICHO subsidio será para contribuir al pago del alquiler de una casa destinada a oficiar como sede de las Instituciones indicadas en el Art.1ro. y al funcionamiento de la FADER.

ART.3.-EL alquiler del inmueble será responsabilidad de las

Asociaciones de Sordos y Down, las que trimestralmente deberán llevar un informe escrito a éste Cuerpo sobre las actividades desarrolladas y a desarrollar.

ART.4.-EL libramiento mensual irá a la orden del Sr. Pablo Luis Recchia, D.N.I. Nro. 12.159.876, domiciliado en calle San Martín 1049, Presidente de la Asociación Síndrome de Down de nuestra ciudad, y Vicepresidente de la Zona IV de FADER, quien retirará el libramiento entre los días 15 y 25 de cada mes en Tesorería Municipal, y deberá acreditar entre los días 1 y 10, en la Oficina de Contaduría, fotocopia del recibo del pago mensual del inmueble alquilado a fin de habilitarse la continuidad del subsidio.

ART.5.-IMPUTESE el gasto que demande la presente a la Partida de Transferencia de éste Honorable Concejo Deliberante.

ART.6.-COMUNIQUESE, ETC...

 

 

 

SALA DE SESIONES, SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 31 DE MAYO DE 1996.

JOSE INGOLD, PRESIDENTE - GUILLERMO MARTINEZ, SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.

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