Ordenanzas - Decreto Ad Referéndum Nro. 107/2017


ORDENANZA Nº 12.108/2017.

EXPTE.Nº 5917/2017-H.C.D.

VISTO:

El Decreto Ad Referéndum Nro. 107/2017, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.

CONSIDERANDO:

Que éste Honorable Cuerpo considera procedente aprobar la norma anteriormente citada.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

ART.1º.- APRUEBASE el Decreto Ad Referéndum Nº 107/2017 remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.

ART.2º.- COMUNIQUESE, Publíquese y Archívese.

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 11 de mayo de 2017.

Jorge F. Maradey, Presidente – Leandro M. Silva, Secretario.

 

         

 

 

 

 

DECRETO Nº 107/2017.

SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ, 16 de enero de 2017

 

VISTO: La Ordenanza Nº 12.074/2016 que aprueba el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos para el Año 2017; y

CONSIDERANDO:

Que la operatoria de las distintas áreas hace necesario efectuar transferencias compensatorias de las partidas presupuestarias de gastos, sin que ello implique modificación en el Presupuesto total aprobado.

Que al cierre del ejercicio 2016 quedaron recursos afectados sin invertir, los que se encontraban depositados en sus respectivas cuentas bancarias, formando parte de las disponibilidades iníciales, y correspondientes a los siguientes programas:

  • CIC 3 de Caballería – Subsidio no reintegrable del Ministerio de Desarrollo Social.
  • Medio Ambiente Nación - Estudios Ambientales 2012.

Que a fin de dar continuidad a los programas previamente mencionados, se torna necesaria la ampliación presupuestaria correspondiente.

Por ello, y en uso de las atribuciones expresamente conferidas por el artículo 107º de la Ley Nº 10.027,

 

EL PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ

AD-REFERENDUM DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO ($ 189.694,00), provenientes de fondos no invertidos del programa “CIC 3 de Caballería – Subsidio no reintegrable del Ministerio de Desarrollo Social”.

ARTÍCULO 2º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO ($ 189.694,00) de la Apertura Programática 53.00.00 Obras Especiales de la Jurisdicción 1110108000 Trabajo Públicos.

ARTÍCULO 3º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros – 35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 582.957,39) provenientes de fondos no invertidos del programa Medio Ambiente Nación - Estudios Ambientales 2012.

ARTÍCULO 4º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando la partida Servicio de la deuda y disminución de otros pasivos en la suma de PESOS VEINTIÚN MIL TREINTA Y TRES CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 21.033,66) de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Hacienda de la Jurisdicción 1110103000 Secretaría de Hacienda; la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS ($ 78.700,00), la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS ($ 438.300,00) y la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTITRES CON SETENTA Y TRES CENTAVOS ($ 44.923,73) de la Apertura Programática 33.00.00 Dirección de Medio Ambiente de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 5º.- TRANSFIÉRASE de la partida Bienes de Consumo a la partida Transferencias la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS ($ 155.762,00) todo dentro de la Apertura Programática 48.00.00 Presupuesto Participativo Municipal de la Jurisdicción 1110116000 Participación Ciudadana.

ARTÍCULO 6º.- TRANSFIÉRASE de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales, la suma de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000,00) dentro de la Apertura Programática25.00.00 Dirección de Adquisiciones y Suministros de la Jurisdicción 1110103000 Secretaría de Economía y Hacienda.

ARTÍCULO 7º.- TRANSFIÉRASE de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Uso, la suma de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000,00) dentro de la Apertura Programática01.00.00 Conducción Ejecutiva Poder Popular; de la partida Bienes de Consumo a la partida Bienes de Uso, la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00) dentro de la Apertura Programática 45.00.00 Dirección de Comisiones Vecinales, todo dentro de la Jurisdicción 1110118000 Secretaría del Poder Popular.

ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, notifíquese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

            IGNACIO JOSÉ  FARFÁN                                      ESTEBAN MARTÍN PIAGGIO

                Secretario de Gobierno                                                    Presidente Municipal

 

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