Ordenanzas - Decreto Ad Referéndum Nro. 710/2016


ORDENANZA Nº 12.091/2016.

EXPTE.Nº 5870/2016-H.C.D.

VISTO:

El Decreto Ad Referéndum Nro. 710/2016, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.

 

CONSIDERANDO:

Que éste Honorable Cuerpo considera procedente aprobar la norma anteriormente citada.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

ART.1º.- APRUEBASE el Decreto Ad Referéndum Nº 710/2016 remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.

ART.2º.- COMUNIQUESE, Publíquese y Archívese.

 

Sala de Sesiones – Honorable Concejo Deliberante.

San José de Gualeguaychú, 30 de diciembre de 2016.

Jorge F. Maradey, Presidente–Leandro M. Silva, Secretario

 

 

 

 

DECRETO Nº 710/2016

SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ, 1º de abril de 2016

 

VISTO: La Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria que aprueba el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos para el Año 2016; y

 

CONSIDERANDO:

Que la operatoria de las distintas áreas hace necesario efectuar transferencias compensatorias de las partidas presupuestarias de gastos, sin que ello implique modificación en el Presupuesto total aprobado.

Que al cierre del ejercicio 2015 quedaron recursos afectados sin invertir, los que se encontraban depositados en sus respectivas cuentas bancarias, formando parte de las disponibilidades iniciales, y correspondientes a los siguientes programas:

  • Subsidio Equipamiento del Sistema de Documentación ComDoc.
  • Campaña Descacharrización del Dengue.
  • Programa Funciones Esenciales y de Salud Pública II - FESP.

Que al cierre del ejercicio 2015 quedaron en las disponibilidades iniciales, fondos correspondientes al Resultado del Ejercicio, lo que permite la ampliación presupuestaria correspondiente a fin de continuar con las obras que se encuentran en ejecución y la prestación de servicios esenciales.

Por ello, y en uso de las atribuciones expresamente conferidas por el artículo 107º de la Ley Nº 10.027,

 

EL PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ

AD-REFERENDUM DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

 

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL ($ 786.000,00), provenientes de rentas generales.

ARTÍCULO 2º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando la partidaBienes de Consumo en la suma de PESOS SEISCIENTOS DOS MIL ($ 602.000,00); la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL ($ 184.000,00) de la Apertura Programática 50.00.00 Vialidad Urbana, todo dentro dela Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos.

ARTÍCULO 3º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Transferencias la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL ($ 36.000,00) de la Apertura Programática01.00.00 Conducción Ejecutiva Gobiernoa la Apertura Programática 16.00.00 Dirección de Inspección General todo dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 4º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Gastos en Personal la suma de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS ($ 1.427.900,00) de la Apertura Programática 41.03.00 Dirección de Higiene Urbana – Recolección de Residuos a la Apertura Programática 40.00.00 Dirección de Mantenimiento Vial; la suma de PESOS  CINCUENTA Y UN MIL CIEN ($ 51.100,00) de la Apertura Programática 35.00.00 Dirección de Dirección de Espacios Públicos a la Apertura Programática 34.00.00 Dirección de Mantenimiento, todo dentro de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras Públicas.

ARTÍCULO 5º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Gastos en Personal la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS ($ 45.300,00) de la Apertura Programática 43.00.00 Dirección de Viviendas a la Apertura Programática 42.01.00 Subsecretaría de Planeamiento – Conducción Ejecutiva, todo dentro de la Jurisdicción 1110117000 Secretaría del Hábitat.

ARTÍCULO 6º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Gastos en Personal la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS ($ 34.200,00) de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Poder Populara la Apertura Programática 47.00.00 Dirección de Educación Popular; de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumola suma de pesos TRES MIL ($ 3.000,00) dentro de la categoría programática 47.00.00 Dirección de Educación Popular, todo dentro de la Jurisdicción 1110118000 Secretaría del Poder Popular.

ARTÍCULO 7º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Bienes de Uso la suma de PESOS NOVENTA MIL ($ 90.000,00) de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Presidencia de la Jurisdicción Presidencia Municipal, a la Apertura Programática 44.00.00 Dirección de Cooperativas de la Jurisdicción Secretaría del Hábitat.

ARTÍCULO 8º.- TRANSFIÉRASE de la partida Bienes de Consumo a la partidaBienes de Uso  la suma de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000,00) y a la partida Transferencias la suma de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000,00) todo dentro de la Apertura Programática 48.00.00 Presupuesto Participativo Municipal de la Jurisdicción 1110116000 Participación Ciudadana.

ARTÍCULO 9º.- TRANSFIÉRASE de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS OCHENTA Y UN MIL ($ 81.000,00) dentro de la Apertura Programática 50.00.00 Vialidad Urbana; de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL ($ 145.000,00) dentro de la Apertura Programática 53.00.00 Obras Especiales, todo dentro de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos.

ARTÍCULO 10º.- TRANSFIÉRASE de la partida Bienes de Consumo de la categoría programática 37.00.00 Dirección de Obras Sanitarias a la partida Bienes de Consumo de la categoría programática 40.00.00 Dirección de Mantenimiento Vial la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000,00); de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS DIECIOCHO MIL ($ 18.000,00) dentro de la Apertura Programática40.00.00 Dirección de Mantenimiento Vial;de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS SESENTA Y CUATRO MIL ($ 64.000,00) dentro de la Apertura Programática 34.00.00 Dirección de Mantenimiento, todo dentro de la Jurisdicción 1110114000 Secretaria de Obras y Servicios Públicos.

ARTÍCULO 11º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS ($ 42.900,00), provenientes de fondos no invertidos del Subsidio Equipamiento del Sistema de Documentación ComDoc.

ARTÍCULO 12º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS ($ 42.900,00) de la Apertura Programática 26.00.00 Dirección de Rentas dela Jurisdicción 1110103000 Secretaría de Economía y Hacienda.

ARTÍCULO 13º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS ($ 42.900,00), provenientes de rentas generales.

ARTÍCULO 14º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS ($ 42.900,00) de la Apertura Programática 22.00.00 Dirección de Informática y Nuevas Tecnologías dela Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 15º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS SEIS MIL NOVECIENTOS CON SESENTA Y DOS CENTAVOS($ 6.900,62), provenientes de fondos no invertidos del Programa Campaña Descacharrización del Dengue.

ARTÍCULO 16º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS SEIS MIL NOVECIENTOS CON SESENTA Y DOS CENTAVOS ($ 6.900,62) de la Apertura Programática 27.00.00 Equipo de Salud Comunitaria dela Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 17º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS CUATRO ($ 91.504,00), provenientes de fondos no invertidos del Programa Funciones Esenciales y de Salud Pública II - FESP.

ARTÍCULO 18º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS CUATRO ($ 91.504,00) de la Apertura Programática 27.00.00 Equipo de Salud Comunitaria dela Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social.

ARTICULO 19º.- Comuníquese, notifíquese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

IGNACIO JOSÉ FARFÁN                        ESTEBAN MARTÍN PIAGGIO

                 Secretario de Gobierno                                   Presidente Municipal

 

ORDENANZAS

Accesibilidad UrbanaAmbienteAportes PatronalesCeremonialCódigo TributarioComercioConcesionesConstruccionConvocatorias Concursos municipioDonacionesExcepciónHigieneMedio AmbienteMujer integracion socialMultasObras PrivadasObras PúblicasOtroPago a ProveedoresPasantiasPatrimonio CulturalPresupuestoPromocion SocialResiduosSaludServicios a la comunidadTránsitoTurismoViviendas IAPV PROCREAR SIMIL