Ordenanzas - Condonación del pago de la multa Sr. STIEBEN MAXIMILIANO


ORDENANZA Nº 11806/2013.

EXPTE.Nº 5019/2013-H.C.D.

 

VISTO:

           El Expediente Nº 139776 del Juzgado de Faltas,  remitido por la Dirección de Asuntos Legales a petición de la Concejal Luisa Britos en referencia a los autos: “ STIEBEN MAXIMILIANO RAUL” y.

 

CONSIDERANDO:

                               Que el solicitante fue condenado por el Sr. Juez de Faltas al pago de una sanción,  equivalente a cinco días multas, más gastos de depósito, por la contravención de “circular en contramano en bicicleta,”  ascendiendo el monto de dicha indisciplina a la suma aproximada de pesos tres mil.

                                 Que conforme la nota presentada por el agraviado, la cual se halla adjunta al  expediente en marras , el mismo carecería de medios económicos para solventar dicha sanción, considerando que el único ingreso que percibe,  es producto de su labor en el área de discapacidad.  

                                Cabe destacar que dicha circunstancia fue corroborada por el Profesor Emilio Nicolai, Director del Área de Integración y Discapacidad.

                               Que además de ello, el recurrente manifiesta que la bicicleta secuestrada en su momento, era su único medio de movilidad, dificultándosele hasta la fecha la concurrencia a su trabajo.

                               Que es opinión de este Cuerpo, la no concesión de eximiciones de obligaciones dinerarias, en razón de que ello importaría regímenes de excepción, violentando así el principio de igualdad ante la ley y las cargas públicas, sin embargo no se puede dejar de contemplar los casos como los comprobados en estas actuaciones.

 

ORDENANZA Nº 11806/2013.

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

ART.1º.- CONDONASE del pago de la multa imputada al Sr. STIEBEN MAXIMILIANO RAUL DNI Nº 36.318.501 con domicilio en calle Rosario y  Juan Lapalma de esta Ciudad, en mérito a las razones expuestas.

ART.2º.- COMUNÍQUESE, ETC...

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 23 de mayo de 2013.

Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

 

 

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