Ordenanzas - Restricciones de estacionamiento


ORDENANZA Nº 10556/2002.

EXPTE.Nº 700/2002-H.C.D.

 

 

VISTO:

 

La inquietud planteada por los vecinos de la ciudad, en lo referente al estacionamiento en calles que tienen doble sentido de circulación.

 

CONSIDERANDO:

 

Que existe una real preocupación de nuestra comunidad por el intenso tránsito vehicular que tienen determinadas calles, aunque con ancho standard, funcionan con doble sentido de circulación, y cuyo estacionamiento es de ambos lados, que por dicho motivo se corre con el riesgo de sufrir y/o provocar mayores accidentes de tránsito, caso específico la calle Eva Perón entre Avenida A. Del Valle y Guemes.

Que a efectos de un mayor ordenamiento y/o regulación del tránsito urbano, se considera necesario que se permita el estacionamiento sobre una sola dirección al tránsito.

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- PROHIBIR en calles cuyo ancho extremo sea menor a 8,50 metros, y que tengan doble sentido de circulación, el estacionamiento de ambos lados, permitiéndose solamente hacerlo de un solo lado para no perjudicar la fluidez del tránsito y evitar riesgo de accidentes.

ART.2º.- EL Departamento Ejecutivo Municipal por intermedio de la Dirección de Tránsito será la autoridad responsable de reglamentar y establecer las calles en que se aplicará la presente Ordenanza.

ART.3º.- COMUNÍQUESE, ETC...

 

 

 

SALA DE SEIONES.

SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 15 DE MARZO DE 2002.

SERGIO DELCANTO, PRESIDENTE – JUAN IGNACIO LOPEZ, SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.

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