Ordenanzas - Donacion de inmueble Sra . Strajimer


ORDENANZA Nº 11167/2008.-

EXPTE.Nº 3240/2008-H.C.D.

 

 

VISTO:

             La Ordenanza Nº 10829/2005 dictada en expediente del Honorable Concejo Deliberante Nº 2227/2005 s/homologación convenio de donación suscripto entre el Municipio y la Sra. Juana Magdalena Strajimer, y

 

CONSIDERANDO:

                               Que el Registro de la Propiedad Inmueble ha hecho observaciones – Art. 3º y 9º Inc.b) y 10º Ley 17.801 y Arts. 13, 14 y conc. Ley 6964 – a la solicitud de inscripción administrativa – Art. 1810 Código Civil – de fecha 10/09/07, a favor de esta Municipalidad, del inmueble sito en Zona de Quintas, Sección 6º, Manzana Nº 1 G, Plano Nº 73.873, con una superficie de 17,299 m2, Ordenanza Nº 10829/05, para que sean subsanadas en el término de 180 días.

                               Que dichas observaciones se refieren a la discordancia existente entre los  datos catastrales consignados en la Ordenanza Nº 10829/05 y los consignados en la Ficha de Transferencia Plano 73.873, los cuales se deben a que la inscripción de la mensura fue realizada con posterioridad al dictado de la Ordenanza.

                               Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado de un acto administrativo que rectifique la parte resolutiva de la Ordenanza Nº 10829/05 a efectos de poder acceder a la inscripción definitiva del bien a favor de esta Municipalidad de San José de Gualeguaychú.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- RECTIFIQUESE la parte resolutiva de la Ordenanza Nº 10829/05 la que quedará redactada de la siguiente manera: ART.1º.- HOMOLOGAR el Convenio de Donación suscripto entre esta Municipalidad y Juana Magdalena Strajimer, D.N.I. Nº 4.451.659 en fecha 1º de agosto de 2005.

ART.2º.- ACEPTAR la donación efectuada por Juana Magdalena Strajimer CUIL Nº 23-04.451.659-4, con domicilio en calle Federación y Puerto Argentino de esta ciudad, del inmueble sito en Departamento y

ORDENANZA Nº 11167/2008.-

 

Ciudad de Gualeguaychú, Zona de Quintas, Sección 6ta, Manzana 1 G, Plano Nº 73.873, Partida Provincial 51.104, Lote Calle, domicilio parcelario calle Puerto Argentino S/N, con una superficie de 17. 299 m2 (diecisiete mil con doscientos noventa y nueve metros cuadrados) con un exceso de 9.889 m2 92 dm2 cuyos límites y linderos son: NORTE: Recta (1-3) al S 78º 50´E de 352,50 metros, lindando con Lote Nº 1 de Juana Magdalena Strajimer. ESTE: Recta (3-4) al S 7º 36´O de 50,24 metros linda con calle Puerto Argentino. SUR:  Recta (4-17) al N 78º 40´O de 343,70 metros, linda con Lote Nº2 de Juana Magdalena Strajimer. Y OESTE: Recta (17-1) al N 2º 16´O de 50,66 metros, linda con calle Padre Schachtel, Partida 148.560.

ART.3º.- POR Dirección de Asuntos Legales procédase a la inscripción del bien a nombre de esta Municipalidad de San José de Gualeguaychú conforme disposiciones del Art. 1810 del Código Civil.”

ART.2º.- COMUNIQUESE, ETC…

 

 

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 4 de septiembre de 2008.

Liliana M. Ríos, Presidenta – Lisandro Gamarra, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

 

 

 

 

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