Ordenanzas - Donacion de predio Sr. Bruzzoni


ORDENANZA Nº 11158/2008-

EXPTE.Nº 3237/2008-H.C.D.

 

 

VISTO:

           La Ordenanza Nº 10768/2005 dictada en expediente Nº 777/05, Caratulado: “ Subsecretaría de Planeamiento convenio de donación Bruzzoni Carlos, y

 

CONSIDERANDO:

                               Que en el artículo 1º de dicha Ordenanza se homologa el convenio de donación para ensanche de calle Justo J. de Urquiza, suscripto entre esta Municipalidad y el Sr. Carlos Oscar Bruzzoni.

                               Que habiéndose presentado la documentación pertinente para la inscripción dominial del bien a favor de la Municipalidad en el Registro de la Propiedad local, el mismo ha procedido a la inscripción provisional por ciento ochenta días, estableciendo como causal los arts. 10 inc b) y 12 Ley 17.801 y arts. 20 y 21 Ley 6964, refiriéndose concretamente a que en la Ordenanza Nº 10678 no figura Nº de plano de mensura y los datos precisos del inmueble allí consignados.

                               Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado de un acto administrativo que rectifique la parte resolutiva de la Ordenanza Nº 10768/05 a efectos de poder acceder a la inscripción definitiva del bien a favor de esta Municipalidad de San José de Gualeguaychú.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- RECTIFIQUESE la parte resolutiva de la Ordenanza Nº 10768/05 la que quedará redactada de la siguiente manera: ART.1º.- HOMOLOGAR el Convenio de Donación suscripto entre esta Municipalidad y el Sr. Carlos Oscar Bruzzoni, en fecha 18 de febrero de 2005.

ART.2º.- ACEPTAR la donación efectuada por Carlos Oscar Bruzzoni, CUIT Nº 20-058696662-7, con domicilio en calle Sarmiento Nº 24 de esta ciudad, del inmueble sito en Departamento y ciudad de Gualeguaychú, Sección 8va, Planta Urbana, Manzana 1005, Plano Nº 73.694, Partida Provincial

ORDENANZA Nº 11158/2008.-

 

 

132.964, Lote Nº2, domicilio parcelario calle J.José de Urquiza y Bvard. Daneri s/nº, con una superficie de 53,27 m2 (cincuenta y tres con veintisiete metros cuadrados), con una faltante de 245 m2, cuyos límites y linderos son: NORTE: Recta (10-9) al N 87º 21´E de 16,70  metros, lindando con Lote Nº1 de Carlos Oscar Bruzzoni. ESTE: Recta (9-7) al S 3º 13´E de 3,12 metros linda con Bvard.Daneri. SUR: Recta (7-8) al S 86º 58´O de 16,77 metros, linda con calle Urquiza y OESTE: Recta (8-10) al N 2º 08´O de 13,24 metros, linda con José Luis Brozzoni. Partida Nº 11.485.

ART.3º.- POR Dirección de Asuntos Legales procédase a la inscripción del bien a nombre de esta Municipalidad de San José de Gualeguaychú conforme disposiciones del artículo 1810 del Código Civil.

ART.2º.- COMUNIQUESE, ETC…

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 2 de agosto de 2008.

Liliana M. Ríos, Presidenta – Lisandro Gamarra, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

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