Ordenanzas - Homologacion de contrato con Sr. Carre


ORDENANZA Nº 10381/99.

EXPTE.Nº 9490/94-H.C.D.

 

VISTO:

El Expediente Nº 9490/94, caratulado: “ Proyecto de Ordenanza s/homologación convenio suscrito con el Sr. Humberto Carré.”

 

CONSIDERANDO:

Que el contrato de compraventa suscrito en fecha 8 de Junio de 1994, entre el Sr. Humberto Hipólito Carré, D.N.I. Nº 5.594.726, domiciliado en Magnasco 158 de esta ciudad y la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, para la compraventa de un terreno de su propiedad, ubicado en sección 7ma. de Planta Urbana, Manzana Nº 786, Ciudad.

Que el mismo debe ser homologado por el Honorable Concejo Deliberante, según cláusula 7ma.

Que el informe elevado por la Secretaría de Hacienda Municipal, aconseja adquirir el mencionado terreno, en razón de ser conveniente para los intereses del Municipio, dado que el valor por metro cuadrado, es inferior a los que existen en el mercado inmobiliario local.

Que la Secretaría de Obras Públicas Municipal mediante informe dictamina que, la adquisición del mencionado terreno, resulta de importancia para la realización y concreción de importantes obras de infraestructura, como cloaca y desagües pluviales, proyectadas en esta zona de la ciudad.

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- HOMOLOGASE el contrato de compraventa, suscrito en fecha 8 de Junio de 1994, entre el Sr. Humberto Hipólito Carré, D.N.I. Nº 5.594.726, domiciliado en calle Magnasco 158 de la ciudad de Gualeguaychú, el cual vende una fracción de terreno, ubicado en la ciudad de Gualeguaychú, sección 7ma. de la Planta Urbana, Manzana 786, con una superficie de 97 As, 75 Cs, 91 Dm2,

 

ORDENANZA Nº 10381/99.-

 

cancelándose la adquisición mediante compensación de la deuda que, por aprobación de planos, mantiene con la Municipalidad de Gualeguaychú, y su cobro se persigue mediante juicio caratulado: “Municipalidad de Gualeguaychú c/ Carré Hnos. SACIFIA - Apremio ” Expediente Nº M-130 en trámite ante Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº1, Secretaría Nº 2 de la ciudad de Gualeguaychú.

ART.2º.- COMUNÍQUESE, ETC...

 

 

 

SALA DE SESIONES.

SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHU, 13 DE AGOSTO DE 1999.

JOSÉ INGOLD,PRESIDENTE-GUILLERMO MARTINEZ,SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE,CERTIFICO.

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