Ordenanzas - V ENCUENTRO DE MUNICIPIOS, CIUDADES Y COMUNIDADES SALUDABLES de las Américas.


ORDENANZA Nº 12815/2023.-

EXPTE.Nº 7474/2023 – H.C.D.-

 

        

VISTO:

          El Expediente Nº 7474/2023 caratulado “Proyecto de Ordenanza presentado por el Concejal sobre Adhesión a la Declaratoria de Panamá sobre los criterios regionales para Municipios Saludables de las Américas”, y

 

CONSIDERANDO:

Que la salud es un derecho humano fundamental e indispensable para el ejercicio de los demás derechos humanos (Comité DESC, Observación General Nº 14/2000), previsto en la CONSTITUCIÓN NACIONAL de manera implícita en el preámbulo y en el artículo 33, explícitamente en el artículo 42 y principalmente en el artículo 75, inciso 22 que incorpora con rango constitucional los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.

Que el párrafo 1 del artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos afirma que “toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios”.

Que, en este sentido, el artículo 12 del Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales establece: “1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. 2. Entre las medidas que deberán adoptar los Estados Partes en el Pacto a fin de asegurar la plena efectividad de este derecho, figuraran las necesarias para: a) La reducción de la mortinatalidad y de la mortalidad infantil, y el sano desarrollo de los niños; b) El mejoramiento en todos sus aspectos de la higiene del trabajo y del medio ambiente; c) La prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y de otra índole, y la lucha contra ellas; d) La creación de condiciones que aseguren a todos asistencia médica y servicios médicos en caso de enfermedad”.

Que el máximo tribunal de nuestro país ha sostenido que a partir de lo dispuesto en los tratados internacionales, el derecho a la preservación de la salud -comprendido dentro del derecho a la vida que es el primer derecho de la persona humana reconocido por la Constitución Nacional-, debe ser garantizado por la autoridad pública con acciones positivas, sin perjuicio de las obligaciones que deban asumir las jurisdicciones locales, las obras sociales o las entidades de medicina prepaga (CSJN “Campodónico de Beviacqua, Ana Carina c/ Ministerio de Salud y Acción Social - Secretaría de Programas de Salud y Banco de Drogas Neoplásicas” - Fallo 323:3229).

Que la Agenda 2030 para el Desarrollo sostenible de las Naciones Unidas (ONU) fijó unos compromisos a nivel mundial para trabajar en manera coordinada a partir de acciones intergubernamentales, intersectoriales e interinstitucionales para el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

             Que en consonancia con el cumplimiento de La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, la Organización Mundial de la Salud (OMS) formulo la Estrategia y Plan de Acción de promoción de la salud 2019-2030 (adoptada en 2019, en el 57 Consejo Directivo por los Estados Miembros de la Región de las Américas), con el propósito de renovar la promoción de la salud por medio de acciones sociales, políticas y técnicas que aborden los determinantes sociales de la salud con el fin de mejorar la salud y reducir las inequidades.

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) promueve la estrategia de Ciudades Saludables, la cual trasciende los conceptos básicos de la salud para abordar los determinantes externos como el medio ambiente, el desarrollo económico, los servicios públicos, la educación, la movilidad, la vivienda, entre otros, a través de políticas púbicas integrales, con el fin de mejorar los entornos en los que las personas se desarrollan.

Que la Organización Mundial de la Salud/Organización Panamericana de la Salud (OMS/OPS) ha brindado durante décadas cooperación técnica a iniciativas de Promoción de la Salud de la Región de las Américas, como lo es el Movimiento de Municipios, Ciudades y Comunidades Saludables (MCCS).

             Que el Movimiento de Municipios, Ciudades y Comunidades Saludables (MCCS) surge en 1991 desde la Organización Panamericana de la Salud, a raíz de la iniciativa de la OMS Europa ‘Ciudades Saludables’ con el objetivo de promover posicionar la salud en un lugar destacado de la sociedad y de la agenda política de las ciudades mediante la promoción de la salud, la equidad y el desarrollo sostenible a través de innovación y cambio multisectorial.

Que el Movimiento de Municipios, Ciudades y Comunidades Saludables (MCCS) se ha extendido en la Región de las Américas, permitiendo implementar estrategias de promoción de la salud en el nivel local, así como fortalecer la promoción de la salud en la Región. Asimismo, ha reconocido el rol clave de los intendentes e intendentas para impulsar políticas publicas saludables, teniendo en cuenta el papel que diferentes sectores tienen dado el impacto en salud de todas las políticas públicas, lo cual ha sido ampliamente discutido a través de encuentros internacionales de Municipios, Ciudades y Comunidades Saludables.

Que con la finalidad de oriental los gobiernos locales y las comunidades en cómo ser un municipio saludable, el MCCS inicio un proceso de construcción colectiva de criterios regionales de Municipios Saludables facilitado por la OPS/OMS, que contó con la participación de ministerios de salud, instituciones académicas, redes nacionales y subnacionales de MCCS, y gobiernos locales de varios países de la Región, incluido Gualeguaychú. La elaboración de dichos criterios incluyo la revisión de mandatos y documentos de políticas de OPS y OMS; adoptando como referencias claves el marco de Ciudades Saludables de la OMS de 2020 y la Estrategia y Plan de Acción sobre Promoción de la Salud en el Contexto de los ODS 2019-2030.

             Que el V Encuentro, el más reciente del Movimiento de MCCS, (Ciudad de Panamá, noviembre de 2022) se enmarcó en la Estrategia y Plan de Acción de Promoción de la Salud en el contexto de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) 2019-2030, y se resaltó el rol clave de los gobiernos locales en promover la salud, el bienestar y la equidad en las poblaciones.

             Que del V Encuentro de MCCS, resultó la Declaratoria de Panamá, por la cual se adoptaron los Criterios Regionales de Municipios, Ciudades y Comunidades Saludables y el intendente de la ciudad de San José de Gualeguaychú, Dr. Martin Esteban Piaggio fue nombrado como presidente del MCCS por un periodo de dos (2) años.

             Que los Criterios Regionales para Municipios, Ciudades y Comunidades Saludables, se enmarcan en una concepción de la promoción de la salud intrínsecamente vinculada con los determinantes sociales de la salud y se constituyen en pautas orientativas para diseñar, implementar y monitorear las políticas hacia la construcción de municipios saludables.

             Que mediante Acuerdo 021 de 2019, el Municipio de Gualeguaychú adopta la estrategia de Ciudad Saludable con enfoque en Salud en todas las Políticas para avanzar hacia la disminución e inequidades sociales en salud y garantizar el cumplimiento de la agenda 2030 para el desarrollo sostenible, y;

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ARTÍCULO 1°. - ADHIERASE a la Declaratoria de Panamá dictada en el V Encuentro de Municipios, Ciudades y Comunidades Saludables de las Américas, y adóptese para el Municipio de San José de Gualeguaychú los treinta y un (31) Criterios Regionales para MCCS, sustentados en tres (3) pilares estratégicos y agrupados en seis (6) Áreas de Acción Política.

ARTICULO 2°.- FUNDAMENTOS TEORICOS: Los Criterios Regionales para Municipios, Ciudades y Comunidades Saludables se enmarcan en una concepción de la promoción de la salud promovida por la Organización Mundial de la Salud (OMS) orientada a promover acciones sociales, políticas y técnicas que aborden los determinantes sociales de la salud, con el fin de mejorar la salud y reducir las inequidades, en el contexto de la Agenda 2030 y se constituye en un referente estratégico en las políticas públicas locales.

ARTICULO 3°.- CRITERIOS REGIONALES: Los criterios constituyen pautas orientativas para diseñar, implementar y monitorear las políticas hacia la construcción de municipios saludables a través de las acciones e indicadores seleccionados para cada uno de ellos e incluidos en los instrumentos para ser aplicados en diversos contextos. Se sustentan en tres pilares estratégicos y se agrupan en seis áreas de Acción Política.

ARTICULO 4°. OBJETIVOS: la adopción de los criterios regionales municipios, ciudades y comunidades saludables pretende:

1.Fortalecer el liderazgo y la gobernanza local para la salud y el bienestar.

2. promover la acción intersectorial por la salud y el bienestar

3. Promover la participación, el empoderamiento comunitario y la cohesión social

4.      Garantizar el acceso de toda la población a servicios básicos esenciales para la salud y el bienestar.      

5.      Favorecer entornos saludables, inclusivos y seguros.

6.      Fortalecer la capacidad para la preparación y respuesta frente a emergencias, desastres, y epidemias.

ARTICULO 5°. ALCANCE: la adopción de los Criterios Regionales Municipios, Ciudades y Comunidades Saludables en el Municipio de San José de Gualeguaychú, permitirá:

a.       Avanzar en el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en la agenda de 2023 para el Desarrollo Sostenible.

b.      Adherirse al Movimiento de Municipios, Ciudades y Comunidades Saludables (MCCS) de las Américas, el cual aboga por el cumplimiento de los criterios regionales, así como por la cooperación estratégica, el intercambio de buenas prácticas y experiencias de promoción de la salud entre Municipios de la Región de las Américas.

c.       Generar una estructura institucional que permita trabajar la salud en todas las políticas como principio de erradicación de inequidades en el territorio.

ARTICULO 6°.- PILARES ESTRATEGICOS: Los pilares estratégicos constituyen ejes transversales a la construcción de Municipios, Ciudades y Comunidades Saludables (MCCS) y son:

I. ACCION INTERSECTORIAL: La acción intersectorial consiste en aunar fuerzas, conocimientos y medios para la generación de relaciones, alianzas y acuerdos, trabajo coordinado e intervenciones conjuntas a partir de la integración e interacción de distintos sectores con vistas a la definición y solución integral de problemas de salud priorizados o situaciones que los determinan. El resultado produce acciones de acuerdo con las necesidades identificadas por la comunidad, a la vez que establece sistemas de información, comunicación e intercambio, así como nuevas formas de actuación desde el espacio local.

II. PARTICIPACION COMUNITARIA: La participación comunitaria como el proceso social por el cual grupos y comunidades con visiones de vida e intereses compartidos y también con diversidad política, socioeconómica, cultural, de género, etaria, en un área geográfica determinada, actúan colectivamente e influyen con activos comunitarios en procesos de decisión sobre diferentes ámbitos de la equidad, salud y bienestar de las comunidades. Estos procesos de participación social requieren instancias y espacios que generen el desarrollo de las capacidades de actuación colectiva en salud y que garanticen la incorporación de las contribuciones, opiniones y la incidencia y posicionamiento de la población en las decisiones.

 

III.EQUIDAD: La equidad en la salud es un componente fundamental de la justicia social que indica la ausencia de diferencias evitables, injustas o remediables entre grupos de personas y territorios causadas par sus circunstancias sociales, económicas, demográficas o geográficas.

ARTICULO 7°. AREAS DE ACCION POLITICA: Las seis áreas de acción política son ámbitos claves para el desarrollo de acciones de los MCCS en un entorno político local para la salud y el bienestar de la población. El enfoque busca colocar la salud en un lugar destacado de la agenda política y social de las ciudades mediante la promoción de la salud, la equidad y el desarrollo sostenible a través de la innovación y el cambio:

I. Fortalecer el liderazgo y la gobernanza Ideal para la salud y el bienestar

II. Promover la acción intersectorial para salud y el bienestar

III.     Promover la participación, el empoderamiento comunitario y la cohesión social

IV.     Garantizar el acceso de toda la población a servicios básicos esenciales para la salud y el bienestar

V.      Favorecer entornos saludables, inclusivos y seguros

VI.     Fortalecer la capacidad para la preparación y respuesta ante emergencias, desastres y epidemias

ARTICULO 8°. CRITERIOS, ACC1ONES E INDlCADORES DE LAS AREAS DE ACCION POLITICA: Los criterios de las áreas de Acción Política se acompañan de acciones e indicadores de proceso para medir su implementación. Los mismos pueden ser de utilidad para valorar avances en los criterios y acciones.

ARTICULO 9. CRITERIOS, ACCIONES E INDICADORES DEL AREA DE ACCION POLITICA I. FORTALECER EL LIDERAZGO Y LA GOBERNANZA LOCAL PARA LA SALUD Y EL BIENESTAR: Incluye intervenciones lideradas por el gobierno del municipio, entre otras, la adopción de una declaración política pública de compromiso con la construcción de un municipio saludable, que constituye un paso inicial indispensable en el proceso de MCCS.

 

 

CRITERIOS

ACCIONES

INDICADORES

  1. Compromiso vigente de Municipio Saludable

Afirmación y declaración política pública del compromiso asumido por parte del gobierno local

 

Compromiso público aprobado en el pleno municipal a través del instrumento correspondiente

 

Designar punto focal/equipo por parte de la autoridad local

Designación formal del punto focal y/o equipo

  1. Salud Bienestar y equidad (SBE) como parte central de las políticas públicas del municipio

Identificar y fortalecer SBE dentro de las políticas, planes e instrumentos de planificación municipales

 

SBE incluidos como principios de las políticas públicas, documentado a través de la revisión de documentos oficiales

 

Incluir la lente de equidad en las políticas publicas

Inclusión en las políticas públicas de metas explicitas de reducción de desigualdad

  1. Perfil Básico municipal actualizado

Elaborar diagnóstico de situación básico

 

Disponibilidad de un perfil básico municipal actualizado al menos anualmente

 

Realizar priorización de principales problemas de salud a abordar en el plan de acción con lente de equidad y de forma participativa

Priorización realizada en base a una metodología previamente acordada que incluya participación de la comunidad-

Monitoreo y evaluación de las brechas de inequidad

Informe de inequidades en salud actualizado al menos una vez durante el periodo de gestión municipal

  1. Desarrollo de un plan de acción de municipio saludable o integración en los planes existentes

Desarrollar un plan de acción de municipio saludable que responda a los problemas priorizados e incluya una hoja de ruta e integrar acciones en otros instrumentos de planificación existentes

 

 

 

 

Plan de acción de municipio saludable vigente y publico

 

Establecer mecanismos de monitoreo y evaluación periódica

 

Informe de Evaluación periódicos

 

Desarrollar una estrategia de comunicación de municipios saludables

 

Implementación de  estrategia de comunicación que visibilice al municipio saludable a través de las diseminación del compromiso público y acciones realizadas

  1. Asignación de un presupuesto específico para el plan de acción de municipio saludable

Presupuestar los recursos correspondientes para el desarrollo e implementación de plan de acción

Asignación presupuestaria aprobada por el procedimiento correspondiente

  1. Rendición de cuentas de las acciones llevadas a cabo como municipio saludable

Incluir en la rendición de cuentas periódicas del municipio las acciones y retos del plan de municipio saludable

Rendición de cuentas publicas y periódicas

 

ARTICULO 10º. CRITERIOS, ACCIONES E INDICADORES DEL AREA DE ACCION POLITICA II. PROMOVER LA ACCION INTERSECTORIAL POR LA SALUD Y EL BIENESTAR: Se concentra en la adopción de mecanismos para facilitar la acción intersectorial en salud, tales como el establecimiento de espacios de coordinación de todos los sectores.

CRITERIOS

ACCIONES

INDICADORES

  1. Disponer de un espacio de coordinación para la acción intersectorial en salud.

Conformar o fortalecer una estructura de gobernanza para la acción intersectorial

Acta constitutiva o equivalente de la creación de la estructura intersectorial y documentación periódica de las reuniones realizadas

 

Establecer mecanismos o acciones para fortalecer la acción intersectorial en la gestión municipal

 

Mecanismos definidos e institucionalizados para la gobernanza intersectorial

  1. Impulsar la acción intersectorial (enfoque de salud en todas las políticas) evidenciando el papel que las políticas de otros sectores tienen en salud

 

Mapear y analizar las políticas de cada sector con impacto en salud, bienestar y equidad

 

Mapeo de políticas

Mapear los recursos disponibles para la salud y el bienestar en el municipio

Mapeo de recursos

 

Fortalecer capacidades y competencias en acción intersectorial

Planes de formación/personas y sectores capacitados

 

9.Priorizacion y Planificación conjunta de todos los sectores para la SBE

Planificación y formulación políticas públicas intersectorialmente

Políticas públicas articuladas e implementadas intersectorialmente

Construir intersectorialmente el plan de acción de municipio saludable

Sectores que han participado en la elaboración del plan de acción suscripción del plan de municipio saludable por los distintos sectores

10. Monitoreo y evaluación intersectorial de las políticas públicas en Salud y Bienestar

Establecer procedimientos para monitorear y evaluar intersectorialmente

Procedimientos institucionalizados que incluyan a múltiples sectores en el monitoreo y la evaluación

Evaluar el impacto en salud, bienestar y equidad de los diferentes sectores y sus respectivas políticas y acciones

Evaluaciones de impacto de las políticas en la salud, bienestar y equidad.

 

ARTICULO 11º. CRITERIOS, ACCIONES E INDICADORES DEL AREA DE ACCION POLITICA III. PROMOVER LA PARTICIPACION, EL EMPODERAMIENTO COMUNITARIO Y COHESION SOCIAL: Sus criterios apuntan a contar con mecanismos de participación institucionalizados y adecuados a las características de las poblaciones.

 

CRITERIOS

ACCIONES

INDICADORES

11. Contar con mecanismos formales de participación.

Mapeo de mecanismos existentes de participación

Mapeo actualizado de mecanismos existentes de participación

Crear o fortalecer una estructura/instancia formal de participación vinculada al plan de municipios saludables

Adopción de normativa municipal

Definir los diferentes mecanismos institucionales que aseguren la participación en el plan de acción municipio saludable

Acta de constitución de la estructura/instancia formal de participación

12. Promover una participación social afectiva para la toma de decisiones en las distintas fases del ciclo de políticas publicas

Incluir un componente participativo en cada una de las distintas fases del ciclo de políticas publicas

Disponibilidad de mecanismos para la participación en todo el ciclo de políticas públicas (diseño, implementación, evaluación)

Adoptar mecanismos para la participación de la comunidad en la elaboración y adopción de los presupuestos municipales

Programas implementados en el nivel municipal que fueron creados por un presupuesto participativo. Presupuestos elaborados con la participación de la comunicad

Implementar evaluaciones participativas

Evaluaciones de policitas, planes o programas donde se han implementado evaluaciones participativas

Asegurar la accesibilidad de la comunidad a los procesos de rendición de cuentas

Procesos de rendición de cuentas adecuados a las características de las distintas poblaciones

13. Garantizar la participación inclusiva de las diferentes poblaciones existentes en el territorio teniendo en cuenta el curso de vida, la diversidad cultural o la situación de vulnerabilidad

Identificar los diferentes grupos poblacionales existentes en el territorio

Identificación de las diferentes poblaciones

Mapear las organizaciones de la sociedad civil y redes comunitarias existentes en el territorio

Registro actualizado de las organizaciones y redes existentes en el territorio

                         Procurar la correspondencia de los mecanismos/instancias con las distintas poblaciones existentes

Representación/Inclusión en los procesos participativos de las diferentes poblaciones

14. Propiciar el empoderamiento comunitario

Facilitar el empoderamiento de la comunidad a través de la capacitación, instancias de reflexión y aprendizaje y otras acciones

Implementación de un plan de capacitación comunitaria en conjunto con la comunidad para el fortalecimiento de la participación

Capacitar a los equipos de servicios públicos para facilitar participación

Equipos capacitados para facilitar procesos participativos

15.Financiamientoo para la participación comunitaria

Asignar presupuesto para la participación comunitaria

Porcentaje del presupuesto total asignado a la participación comunitaria

       

 

ARTICULO 12º. CRITERIOS, ACCIONES E INDICADORES DEL AREA DE ACCION POLITICA IV. GARANTIZAR EL ACCESO DE TODA LA POBLACION A SERVICIOS BASICOS ESENCIALES PARA LA SALUD Y EL BIENESTAR: Los criterios agrupados en esta área desarrollan garantías de acceso universal a distintos servicios esenciales incluyendo salud, agua y saneamiento en consonancia con las competencias municipales.

 

CRITERIOS

ACCIONES

INDICADORES

16. Políticas publicas dirigida a garantizar el acceso universal y equitativo a servicios básicos esenciales para la salud y el bienestar

Identificar y diseminar mandatos políticos que establezcan derechos vinculados a la salud y el bienestar

Mandatos identificados y diseminados

Adopción de políticas que defienden los derechos de las distintas poblaciones incluyendo infancia, adolescentes y adultos mayores

Repositorio de políticas que defienden derechos de las distintas poblaciones

Avanzar en el cumplimiento de la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible (ODS)

Indicadores de la agenda 2030 pertinentes para el cumplimiento de las metas nivel local

17. Garantizar acceso universal a los servicios sociales y de salud, en consonancia con las competencias municipales

Identificar y caracterizar brechas de acceso

Recopilación de evidencias sobre brechas de acceso existentes

Analizar las barreras de acceso

Barreras de acceso identificadas

Fortalecer la integración de PS en PNS/servicios locales

Elaborada hoja de ruta para la integración de PS en PN Personal de PNA capacitado en PS

18. Garantizar el acceso de toda las personas a servicios vascos esenciales (agua y saneamiento, disposición de desechos, vivienda, educación, etc.)

Identificar y caracterizar brechas de acceso a servicios básicos esenciales

Análisis de zonas y/o grupos poblacionales que no cuentan con servicios básicos esenciales

Desarrollar o identificar a nivel municipal acciones para la universalización del acceso a los servicios básicos esenciales en articulación con el plan de municipio saludable

El plan de municipio saludable vinculado a acciones para mejorar el acceso a servicios básicos esenciales

19. Contar con sistemas de información en el ámbito local que permitan identificar las desigualdades en salud y sus determinantes

En base a los registros existentes, articular un sistema de información para la identificación de las desigualdades y sus determinantes.

Disponer de información desagregada por estratificadores sociales

Análisis de desigualdades y sus determinantes en el territorio.

Datos desglosados por sexo, genero, edad, origen étnico, territorio, ingresos, educación, ocupación, clase social y otros estratificadores sociales.

20. Monitoreo y evaluación de la reducción de brechas en el acceso universal y equitativo a servicios básicos esenciales para la salud y el bienestar

Mapear inquietudes en salud

Mapeo de inquietudes en salud actualizado anualmente y zonas y grupos de mayor vulnerabilidad identificados.

Identificar zona/ grupos de mayor vulnerabilidad

 

ARTICULO 13º. CRITERIOS, ACCIONES E INDICADORES DEL AREA DE ACCION POLITICA V. FAVORECER ENTORNOS SALUDABLES, INCLUSIVOS Y SEGUROS: Distintas intervenciones son especificadas en su criterio como planificación urbana entornos saludables, espacios verdes y una política de movilidad sustentable y sostenible.

CRITERIOS

ACCIONES

INDICADORES

21. Adoptar una planificación urbana saludable favoreciendo el uso del espacio publico a favor de las personas a lo largo de todo el curso de su vida

Planificar la organización, el desarrollo, y el reordenamiento del municipio alrededor de las necesidades de la población para su salud y bienestar

Plan maestro municipal o equivalente incorpora acciones que favorezca entornos saludables, inclusivos y seguros a lo largo de todo el urso de vida, promoviendo envejecimiento saludable

Organizar el municipio de forma que las instalaciones sean de cercanía, accesibles, estén incorporadas y disponibles para todos los grupos de población

Identificación y eliminación de barreras de acceso a las instalaciones municipales.

Promover espacios para la interacción social (plazas, mobiliario urbano, parques, ampliación de aceras, peatonalizaciones, centro sociales y culturales, extensión de horarios de servicios, etc.)

Incremento de espacios disponibles para la interacción social de acuerdo a las metas previamente establecidas.

22. Fortalecer entornos saludables clave y organizar su espacio equitativo, en consonancia con las competencias municipales.

Fortalecer escuelas promotoras de salud

% de escuelas del municipio que sos promotoras de salud

Fortalecer otros entornos claves para la salud y el bien estar como viviendas, mercado, lugares de trabajo y universidades

Numero de políticas orientadas a entornos saludables implementadas

Asegurar espacios libres de humo de tabaco y productos relacionados

Normativa desarrollada y acciones de verificación de su cumplimento

Implementar políticas ambientales para proteger la salud (calidad del aire, ruido)

Normativa desarrollada de acuerdo a los estándares nacionales e internacionales, y acciones de verificación de su cumplimiento.

23. Promoción de espacios verdes de cercanía u otros espacios de naturaleza

Asegurara la disponibilidad y el acceso para toda la población a espacios verdes de cercanía u otros espacios de naturaleza

Cumplimiento de metas e indicadores pertinentes de acceso y disponibilidad de espacios verdes de cercanía y naturales

24. Promoción de una política de movilidad saludable y sostenible

Asegurar la disponibilidad de un sistema de transporte público, accesible, interconectado e intermodal

El municipio cuenta con una red de transporte publico que da servicio a toda la población. Hoja de ruta e hitos cumplidos en plan de transporte

Fomentar el trasporte activo favoreciendo la caminabilidad y ciclabilidad

Metas establecidas y cumplidas de caminabilidad y ciclabilidad en el municipio

25. Favorecer entornos inclusivos para todas las personas teniendo en cuenta curso de vida y situación de discapacidad

Articular el gobierno local con el sistema nacional de protección de los derechos humanos para hacer frente a cualquier forma de violación de derechos y discriminación considerando edad, genero, etnicidad y otras condiciones

Mecanismo para articulación municipal con el sistema nacional de protección y procedimientos existentes para asegurar los derechos humanos y la no discriminación

Capacitar a los equipos municipales en derechos humanos y trato no discriminatorio

% de los equipos capacitados

Adoptar una política que asegura la accesibilidad física de todos los espacios públicos

Política que garantiza la accesibilidad física de todos los espacios públicos, Estudio de accesibilidad en calles y otros espacios e instalaciones publicas

26. Promoción de seguridad ciudadana para garantizar y mejorar la convivencia y calidad de vida de la población

Mejorar las condiciones de seguridad del municipio

Mapeo de todas las áreas del municipio por grado de seguridad (zonas y horarios inseguros, alumbrado público y otros elementos de seguridad)

Eliminar cualquier forma de violencia

Disponibilidad de servicios y programas de prevención y atención a las violencias, especialmente basadas en género. Registro de denuncias de violencias

27. Promover un envejecimiento saludable y facilitar entornos amigables para las personas mayores adultas

Identificar y fortalecer políticas y acciones que favorezcas el envejecimiento saludable

Mapeo de políticas destinadas a favoreces el envejecimiento saludable y entornos que lo promuevas. Cumplimiento del procedimiento establecido por la integración al GNFCC. Aplicación Del protocolo de Vancouver o herramientas equivalentes de diagnóstico participativo

Participar en la red global de ciudades amigables de las personas adultas mayores (GNFCC) a través del procedimiento establecido

Identificar las necesidades de las personas adultas mayores con herramientas participativas como el protocolo de Vancouver

 

ARTICULO 14º. CRITERIOS, ACCIONES E INDICADORES DEL AREA DE ACCION POLITICA VI. FORTALECER LA CAPACIDAD PARA LA PREPARACION Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIA, DESASTRES Y EPIDEMIAS: Agrupa los criterios de las sexta y última área de acción, concentrándose en la preparación y respuesta frente a emergencias, desastres y epidemias, considerando a los grupos en situación de vulnerabilidad e incluyendo a las redes comunitarias.

 

CRITERIOS

ACCIONES

INDICADORES

28. Contar con un comité operativo para la preparación y respuesta frente a emergencias, desastres y epidemias

Conformar un comité operativo intersectorial

Contar con al menos los siguientes sectores representados en el comité operativo: seguridad y protección pública, salud pública y servicios médicos, obras públicas, seguridad alimentaria, empresa y comercio, finanzas, logística y trasporte, comunicaciones, tecnología de la información

Indicar un mecanismo de coordinación con las autoridades nacionales, subnacionales y autoridades locales de alrededor

Mecanismo de coordinación funcionante

29.- disponer de un plan de contingencia actualizado con responsabilidades y errores definidos frente a una emergencia, ante desastres y epidemias

Elaborar un plan de contingencia, o actualizarlo si ya existe, de forma que se articule con los planes nacionales existentes para emergencias, desastres y pandemia

Plan de contingencia vigente

Involucrar en los planes y mecanismos de coordinación a la comunidad organizada asignando roles específicos

Inclusión de la comunidad organizada en el plan de contingencia, otorgando especial atención a las poblaciones mas afectadas en situaciones de riego y emergencia

Mantener un mapeo actualizado de los recursos existentes en el municipio para afrontar emergencias, desastres y pandemias

Mapeo de recursos actualizado anualmente

Fortalecer capacidades de todos los sectores claves que enfrentan emergencias en el municipio incluida la comunidad

Jornada de capacitación o simulacro realizado con los sectores clave y la comunidad

Desarrollar y probar un plan de comunicación de riego adaptado al contexto local

Plan de comunicación adaptado y ensayado periódicamente

Definir una lista a nivel del municipio de servicios públicos esenciales y necesidades básicas mínimas que deben mantenerse en caso de emergencia

Listado definido y divulgado

30. evaluación de la sostenibilidad y el impacto de las medidas especialmente para las zonas y grupos en situación de vulnerabilidad

Identificar y mapear zonas y grupos en situación de vulnerabilidad

Zonas y grupos en situación de vulnerabilidad identificados

Asegurar que toda la fase del plan, incluyendo la estrategia de comunicación de riego se adaptan a las poblaciones en situación de vulnerabilidad

Adaptación del plan ey sus medidas a poblaciones en situación de vulnerabilidad, consultas realizadas a organizaciones representativas y grupos en situación de vulnerabilidad

31. inclusión de redes comunitarias para la preparación y respuesta

Mapear las redes comunitarias y organizaciones de la sociedad civil y fortaleces su papel en la respuesta y su papel en mecanismos de coordinación

 

 

 

ARTICULO 15º. DECLARESE de Interés para la comunidad de San José de Gualeguaychú, los treinta y un (31) Criterios Regionales para Municipios, Ciudades y Comunidades Saludables de las Américas.

ART.16º.- COMUNÍQUESE, notifíquese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 28 de Septiembre de 2023.

Lorena Arrozogaray, Presidenta – Jorge A. Cuenca, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

ORDENANZA Nº 12815/2023.-

EXPTE.Nº 7474/2023 – H.C.D.-

 

        

VISTO:

          El Expediente Nº 7474/2023 caratulado “Proyecto de Ordenanza presentado por el Concejal sobre Adhesión a la Declaratoria de Panamá sobre los criterios regionales para Municipios Saludables de las Américas”, y

 

CONSIDERANDO:

Que la salud es un derecho humano fundamental e indispensable para el ejercicio de los demás derechos humanos (Comité DESC, Observación General Nº 14/2000), previsto en la CONSTITUCIÓN NACIONAL de manera implícita en el preámbulo y en el artículo 33, explícitamente en el artículo 42 y principalmente en el artículo 75, inciso 22 que incorpora con rango constitucional los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.

Que el párrafo 1 del artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos afirma que “toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios”.

Que, en este sentido, el artículo 12 del Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales establece: “1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. 2. Entre las medidas que deberán adoptar los Estados Partes en el Pacto a fin de asegurar la plena efectividad de este derecho, figuraran las necesarias para: a) La reducción de la mortinatalidad y de la mortalidad infantil, y el sano desarrollo de los niños; b) El mejoramiento en todos sus aspectos de la higiene del trabajo y del medio ambiente; c) La prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y de otra índole, y la lucha contra ellas; d) La creación de condiciones que aseguren a todos asistencia médica y servicios médicos en caso de enfermedad”.

Que el máximo tribunal de nuestro país ha sostenido que a partir de lo dispuesto en los tratados internacionales, el derecho a la preservación de la salud -comprendido dentro del derecho a la vida que es el primer derecho de la persona humana reconocido por la Constitución Nacional-, debe ser garantizado por la autoridad pública con acciones positivas, sin perjuicio de las obligaciones que deban asumir las jurisdicciones locales, las obras sociales o las entidades de medicina prepaga (CSJN “Campodónico de Beviacqua, Ana Carina c/ Ministerio de Salud y Acción Social - Secretaría de Programas de Salud y Banco de Drogas Neoplásicas” - Fallo 323:3229).

Que la Agenda 2030 para el Desarrollo sostenible de las Naciones Unidas (ONU) fijó unos compromisos a nivel mundial para trabajar en manera coordinada a partir de acciones intergubernamentales, intersectoriales e interinstitucionales para el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

             Que en consonancia con el cumplimiento de La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, la Organización Mundial de la Salud (OMS) formulo la Estrategia y Plan de Acción de promoción de la salud 2019-2030 (adoptada en 2019, en el 57 Consejo Directivo por los Estados Miembros de la Región de las Américas), con el propósito de renovar la promoción de la salud por medio de acciones sociales, políticas y técnicas que aborden los determinantes sociales de la salud con el fin de mejorar la salud y reducir las inequidades.

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) promueve la estrategia de Ciudades Saludables, la cual trasciende los conceptos básicos de la salud para abordar los determinantes externos como el medio ambiente, el desarrollo económico, los servicios públicos, la educación, la movilidad, la vivienda, entre otros, a través de políticas púbicas integrales, con el fin de mejorar los entornos en los que las personas se desarrollan.

Que la Organización Mundial de la Salud/Organización Panamericana de la Salud (OMS/OPS) ha brindado durante décadas cooperación técnica a iniciativas de Promoción de la Salud de la Región de las Américas, como lo es el Movimiento de Municipios, Ciudades y Comunidades Saludables (MCCS).

             Que el Movimiento de Municipios, Ciudades y Comunidades Saludables (MCCS) surge en 1991 desde la Organización Panamericana de la Salud, a raíz de la iniciativa de la OMS Europa ‘Ciudades Saludables’ con el objetivo de promover posicionar la salud en un lugar destacado de la sociedad y de la agenda política de las ciudades mediante la promoción de la salud, la equidad y el desarrollo sostenible a través de innovación y cambio multisectorial.

Que el Movimiento de Municipios, Ciudades y Comunidades Saludables (MCCS) se ha extendido en la Región de las Américas, permitiendo implementar estrategias de promoción de la salud en el nivel local, así como fortalecer la promoción de la salud en la Región. Asimismo, ha reconocido el rol clave de los intendentes e intendentas para impulsar políticas publicas saludables, teniendo en cuenta el papel que diferentes sectores tienen dado el impacto en salud de todas las políticas públicas, lo cual ha sido ampliamente discutido a través de encuentros internacionales de Municipios, Ciudades y Comunidades Saludables.

Que con la finalidad de oriental los gobiernos locales y las comunidades en cómo ser un municipio saludable, el MCCS inicio un proceso de construcción colectiva de criterios regionales de Municipios Saludables facilitado por la OPS/OMS, que contó con la participación de ministerios de salud, instituciones académicas, redes nacionales y subnacionales de MCCS, y gobiernos locales de varios países de la Región, incluido Gualeguaychú. La elaboración de dichos criterios incluyo la revisión de mandatos y documentos de políticas de OPS y OMS; adoptando como referencias claves el marco de Ciudades Saludables de la OMS de 2020 y la Estrategia y Plan de Acción sobre Promoción de la Salud en el Contexto de los ODS 2019-2030.

             Que el V Encuentro, el más reciente del Movimiento de MCCS, (Ciudad de Panamá, noviembre de 2022) se enmarcó en la Estrategia y Plan de Acción de Promoción de la Salud en el contexto de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) 2019-2030, y se resaltó el rol clave de los gobiernos locales en promover la salud, el bienestar y la equidad en las poblaciones.

             Que del V Encuentro de MCCS, resultó la Declaratoria de Panamá, por la cual se adoptaron los Criterios Regionales de Municipios, Ciudades y Comunidades Saludables y el intendente de la ciudad de San José de Gualeguaychú, Dr. Martin Esteban Piaggio fue nombrado como presidente del MCCS por un periodo de dos (2) años.

             Que los Criterios Regionales para Municipios, Ciudades y Comunidades Saludables, se enmarcan en una concepción de la promoción de la salud intrínsecamente vinculada con los determinantes sociales de la salud y se constituyen en pautas orientativas para diseñar, implementar y monitorear las políticas hacia la construcción de municipios saludables.

             Que mediante Acuerdo 021 de 2019, el Municipio de Gualeguaychú adopta la estrategia de Ciudad Saludable con enfoque en Salud en todas las Políticas para avanzar hacia la disminución e inequidades sociales en salud y garantizar el cumplimiento de la agenda 2030 para el desarrollo sostenible, y;

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ARTÍCULO 1°. - ADHIERASE a la Declaratoria de Panamá dictada en el V Encuentro de Municipios, Ciudades y Comunidades Saludables de las Américas, y adóptese para el Municipio de San José de Gualeguaychú los treinta y un (31) Criterios Regionales para MCCS, sustentados en tres (3) pilares estratégicos y agrupados en seis (6) Áreas de Acción Política.

ARTICULO 2°.- FUNDAMENTOS TEORICOS: Los Criterios Regionales para Municipios, Ciudades y Comunidades Saludables se enmarcan en una concepción de la promoción de la salud promovida por la Organización Mundial de la Salud (OMS) orientada a promover acciones sociales, políticas y técnicas que aborden los determinantes sociales de la salud, con el fin de mejorar la salud y reducir las inequidades, en el contexto de la Agenda 2030 y se constituye en un referente estratégico en las políticas públicas locales.

ARTICULO 3°.- CRITERIOS REGIONALES: Los criterios constituyen pa

ORDENANZAS

Accesibilidad UrbanaAmbienteAportes PatronalesCeremonialCódigo TributarioComercioConcesionesConstruccionConvocatorias Concursos municipioDonacionesExcepciónHigieneMedio AmbienteMujer integracion socialMultasObras PrivadasObras PúblicasOtroPago a ProveedoresPasantiasPatrimonio CulturalPresupuestoPromocion SocialResiduosSaludServicios a la comunidadTránsitoTurismoViviendas IAPV PROCREAR SIMIL