Ordenanzas - Venta de Panteones


ORDENANZA Nº11523/2010.-

EXPTE.Nº 4109/2010-H.C.D.

 

 

VISTO:

           La precariedad y estado de abandono de algunos panteones del Cementerio Norte, el pase al dominio municipal y los trabajos de mejoramiento que se desarrollan en él, y

 

CONSIDERANDO;

                               Que la Administración del Cementerio, ha detectado que se encuentran en el Cementerio Norte, una gran cantidad de panteones en estado de abandono que también registran un importante atraso en el pago de las tasas correspondientes.

                               Que en cumplimiento a la Ordenanza

Nº 10446/2000, se realizaron las publicaciones y citaciones correspondientes, sin que los interesados concurrieran a regularizar la situación de los panteones que fueran de su propiedad.

                               Que ante la incomparencia de los propietarios, mediante Decretos Nºs. 1408/04; 868/04; 1092/04; 808/04; 459/04; 1166/04; 1065/04; 1081/04; 1331/04; 997/04; 1314/04; 1313/04; 1316/04; 1091/04; 1205/04; en los términos de la Ordenanza Nº 10446/2000 y por su condición de abandono y falta de pago de las tasas correspondientes, se declaró la caducidad del derecho de propiedad sobre los panteones mencionados a fojas 75 del Expte.Nº 5571/08.

                               Que en virtud de lo antes expuesto, se solicitó a la Secretaría de Planeamiento una nueva valuación de los panteones, que se realizó con fecha 21 de mayo de 2010, figurando la misma a foja 76 del expediente Nº 5571/2008.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE  SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- AUTORIZASE la venta de los panteones,  en virtud del dictamen emitido por la Dirección de Asuntos Legales obrante a Fs.77 de los Expedientes Nº 2425/04; 5571/08 y del informe presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal a Fs.78.

 

ORDENANZA Nº 11523/2010.-

 

 

ART.2º.- A través del área que el Departamento Ejecutivo Municipal considere pertinente, procédase al inicio de los correspondientes trámites, a fin del llamado a licitación privada.

ART.3º.- ESTABLECESE que los fondos recuperados por estas ventas, sean utilizados en la restauración del Cementerio Norte.

ART.4º.- COMUNIQUESE, ETC….

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 25 de noviembre de 2010.

Liliana M. Ríos, Presidenta – Celia Amarillo, a/c Secretaría.

Es copia fiel que, Certifico.

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