Ordenanzas - Concurso para componer e instituir la Bandera Oficial


ORDENANZA Nº 11819/2013.

EXPTE.Nº 5063/2013-H.C.D.

VISTO:

 El aspecto trascendente que determina disponer de un símbolo identificatorio, en el cual se refleje nuestra realidad histórica, y nos posibilite adquirir identidad, arraigo y sentido de pertenencia. Y;

CONSIDERANDO:

         Que en la tarea de  intercomunicarnos con nuestro relevante antepasado y su consecuente y necesaria proyección hacia las nuevas generaciones, se torna necesario establecer un espacio popular de reflexión, consenso, pluralidad y participación ciudadana, que conlleve a la creación de un emblema que nos identifique como comunidad, ante la Provincia, el País y el resto del Mundo.

         Que en este aspecto puntual, concebir el impulso de una Bandera propia, no  connotan e implican de modo alguno, situaciones que pudieran vulnerar o de confusión, con los símbolos patrios tradicionales que nos legaran nuestros ilustres próceres.

         Que siendo plenamente conscientes sobre el valor y la significancia de afianzar la identidad ciudadana de sus habitantes, la nueva Bandera debe inexorablemente responder a preceptos históricos y consideraciones particulares que han caracterizado y distinguen a nuestra comunidad en todas sus manifestaciones, económicas, culturales y sociales.

         Que la circunstancia histórica de elegir una Bandera propia, con el propósito que flamee en los Monumentos de la Ciudad, en sus Edificios Públicos, en todos aquellos Actos Escolares u Oficiales, junto a la Bandera Nacional y a la de la Provincia de Entre Ríos, es una tarea de todas y todos, conforme  el carácter de ciudadanos, quienes en definitiva: somos y hacemos la Ciudad.

         Que en función de lo expuesto con anterioridad, este Colegiado Cuerpo juzga procedente manifestarse al respecto, coincidiendo plenamente en la significativa importancia que reviste la disponibilidad de un símbolo o emblema propio de identidad ciudadana, donde se destaquen primordialmente valores auténticos de  su historia, la geografía, el trabajo, la cultura e idiosincrasia ciudadana, que hermane a los habitantes de San José de Gualeguaychú.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

ORDENANZA Nº 11819/2013

ORDENANZA

ART.1°.-CONVOCASE a un Concurso Abierto de Ideas, para componer e instituir  la Bandera Oficial de la Ciudad de San José de Gualeguaychú, símbolo o emblema que presidirá junto a la Bandera Nacional y a la Bandera de la Provincia de Entre Ríos, los diversos actos protocolares que se desarrollen en el ámbito de nuestra Ciudad.

ART.2°.-DICHO evento cultural tendrá como premisa excluyente, la de seleccionar entre las distintas propuestas ciudadanas, una Bandera Oficial de la Ciudad, que resuma en su contenido nuestra identidad, unidad, solidaridad y el arraigado sentido de pertenencia del pueblo en su conjunto.

ART.3°.- FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal (D.E.M.) a conformar una Comisión Organizadora que reglamente de forma integral las Bases de participación en el referenciado Concurso de Ideas, como así también a  seleccionar a quienes oficiarán de Jurados en el mismo.

ART.4°.-REMITIR copia de la presente, a la Dirección de General de Asuntos Municipales del Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, y a la Dirección de Comunicación Institucional de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú.

ART. 5°.- COMUNIQUESE, ETC…

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 15 de agosto de 2013.

Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

 

 

 

 

 

 

 

 

ORDENANZA Nº 11955/2015.-

EXPTE.Nº 5472/2015 – H.C.D.-

VISTO:

             El Expediente Nº 5590/2014, caratulado: “COMISIÓN ORGANIZADORA CONCURSO BANDERA OFICIAL S/ BASES DEL CONCURSO”; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ordenanza Nº 11.819/2013, sancionada el día 15 de agosto del año 2013 por el Honorable Concejo Deliberante, se convocó a Concurso Abierto de Ideas para el diseño de la Bandera Oficial de la ciudad de San José de Gualeguaychú, emblema que presidirá junto a la Bandera Nacional y a la Bandera de la Provincia de Entre Ríos, los diversos actos protocolares que se desarrollen en el ámbito de nuestra ciudad.

Que mediante Decreto Nº 2137/2014, de fecha 17 de octubre del año 2014, el Departamento Ejecutivo Municipal llamó a Concurso Abierto de Ideas, estableciéndose los días que corren desde el 1º al 10 de abril del corriente año, de lunes a viernes de 07:30 a 13:00 horas y de 18:00 a 22 horas, en la Casa de la Cultura como plazo y lugar de presentación de los proyectos.

Que a fs. 28 del Expediente Nº 5590/14 obra nota suscripta por los miembros del Jurado del Concurso mediante la cual acompañan copias de la Fundamentación del Veredicto y del Acta Resolutiva en que se aprueba el diseño definitivo de la Bandera de San José de Gualeguaychú.

Que a fs. 43 del Expediente Nº 5590/14 obra diseño cuyo proyecto resultó ganador, bajo el seudónimo de “Yaguarisito”, de autoría del Señor Francisco Melchiori con las modificaciones que completan la obra ganadora.

Que a fs. 44 del Expediente Nº 5590/14 ha tomado debida intervención la Dirección de Asuntos Legales sin manifestar objeciones al dictado del presente acto administrativo.

 

POR ELLO:

          EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Art.1º.- Adóptese como Bandera de la ciudad de San José de Gualeguaychú el diseño cuyo proyecto resultó ganador, denominado con el seudónimo “Yaguarisito”, de autoría del Señor Francisco Melchiori.

Art.2º.- LA Bandera de la ciudad de San José de Gualeguaychú tendrá el siguiente diseño:

 

1. Una superficie de forma rectangular con un formato nueve (9) unidades de ancho por catorce (14) unidades de largo.

 

2. Poseerá los siguientes colores:

 

 

ORDENANZA Nº 11955/2015.-

 

 

COLORES OFICIALES DE LA BANDERA DE LA CIUDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU

Color

Web RBG

CMYK

Pantone

Celeste de Fondo

62-152-212

71-28-0-0

2925 C

Verde 1 Oscuro

7-94-23

87-37-100-31

3425 C

Verde 2 Medio

78-135-7

74-25-100-8

370 C

Verde  3 Claro

173-204-110

40-1-68-0

367 C

Amarillo

237-224-156

10-9-47-0

7402 C

 

Art.3º.- LA Bandera de la ciudad de San José de Gualeguaychú, tendrá el siguiente significado de acuerdo a lo establecido por su autor:

1. Color Verde, símbolo de campos y naturaleza.

2. Color Amarillo, símbolo de playas y sembrados.

3. Color Celeste, símbolo de cielo y agua.

4. El símbolo del Toro y la Víbora: remite a la leyenda de la Fundación de Gualeguaychú, escrita por Fray Mocho, cuando el perfil tradicional de la ciudad se desvanecía con los aportes de inmigración europea y los cambios operados en la región al finalizar el Siglo XIX.

Art.4º.- EL uso de la Bandera de la ciudad de San José de Gualeguaychú se hará en forma conjunta con el de la Bandera Nacional y el de la Bandera de la Provincia de Entre Ríos. La rendición de honores, en ceremonias oficiales, será privilegio exclusivo de la Bandera Nacional.

Art.5º.- LA Bandera de la ciudad de San José de Gualeguaychú, será presentada por primera vez el día 20 de junio del año 2015, fecha en que se conmemora el fallecimiento del creador de la Bandera Nacional, Don Manuel Belgrano.

Art.6º.- LA Bandera de la ciudad de San José de Gualeguaychú será exhibida en el frente de todas las dependencias de la Administración Municipal.

 

 

 

 

Sala de Sesiones.

 

San José de Gualeguaychú, 18 de junio de 2015.

 

Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.

 

Es copia fiel que, Certifico.

 

 

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