Ordenanzas - Retiro por incapacidad Sr. Plaza


ORDENANZA Nº 10893/2006.-

EXPTE.Nº 2496/2006-H.C.D.

 

 

VISTO:

             El Expediente remitido por la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones de Gualeguaychú, Caratulado: “Plaza Julio Alvaro –Solicita retiro por incapacidad”, y

 

CONSIDERANDO:

                               Que mediante Expediente Nº 1185 Letra “P” Folio 49, Tomo I, Libro 4 de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones de Gualeguaychú, se tramita el acogimiento al beneficio de retiro por incapacidad total del Agente Julio Alvaro Plaza.

                               Que según dictamen de la Junta Médica obrante a Fs. 11, el Sr. Plaza posee incapacidad laboral del 45% parcial y permanente, por lo que la asesora legal aconseja no hacer lugar al pedido de retiro por incapacidad total.

                               Que en consecuencia la Caja Municipal de Jubilaciones, Pensiones y Retiros, resuelve desestimar la solicitud de retiro por incapacidad total (Resolución Nº 479, Acta 192),  por no hallarse comprendido en los Arts. 43º y ccs. de la Ordenanza Nº 10774/2005.

                               Que ante dicha negativa, el Sr. Plaza solicita a fs.14 acogerse voluntariamente al retiro por incapacidad parcial de acuerdo a lo determinado por el  Art.51º de la Ordenanza Nº 10771/2005.

                               Que para ello se ha dado cumplimiento a las prescripciones de la Ordenanza regulatoria. En efecto, a través del informe de la Directora de Personal y Recursos Humanos, y dictamen de la Secretaría de Gobierno, obrantes a fs.15 y 16 respectivamente, se aconseja a este Cuerpo Deliberativo la concesión del beneficio, asegurándose que resulta innecesario incorporar personal para cubrir dicha vacante.

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.-CONCEDESE el beneficio de retiro por incapacidad parcial que regula la Ordenanza Nº 10771/2005,  al agente Julio Alvaro Plaza,  L.E. Nº

ORDENANZA Nº 10893/2006.-

 

 

08.356.689, con domicilio en calle Victoria Nº 233 de esta ciudad, haciéndolo retroactivo al  1º de enero de 2006, en base al haber jubilatorio mínimo vigente en la Caja de Jubilaciones y Pensiones Municipal.

ART.2º.- NOTIFÍQUESE por Secretaría del Honorable Concejo Deliberante al Agente mencionado en el Art.1º.

ART.3º.- COMUNÍQUESE, ETC...

 

 

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 18 de mayo de 2006.

Héctor de la Fuente, Presidente – Gerardo Sánchez, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

 

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