Ordenanzas - Transferencia de Partida Bienes de Consumo


ORDENANZA Nº 11817/2013.

EXPTE.Nº 5061/2013-H.C.D.

 

VISTO: La Ordenanza 11.751/2012 que aprueba el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos para el Año 2013;  y

 

CONSIDERANDO:

         Que el PAMI remitió a esta Municipalidad de Gualeguaychú la suma de PESOS OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS ($ 89.600,00) como aporte no reintegrable, a fin de cubrir parte de los gastos destinados a las Colonias de Vacaciones para Adultos Mayores efectuados por la Dirección de la Tercera Edad.

         Que es necesario ajustar presupuestariamente a la suma de PESOS NOVENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON QUINCE CENTAVOS ($ 97.439,15) el Saldo de las Disponibilidades iniciales correspondientes al Programa Medio Ambiente Nación –Estudios Ambientales 2007.

         Que al mes de abril han ingresado a este Municipio Intereses por depósitos e Ingresos Varios que superaron las estimaciones establecidas en el Cálculo de Recursos para el corriente año, lo que permite la ampliación de Recursos y Gastos, los cuáles se destinarán a gastos indispensables para el correcto funcionamiento y prestación de servicios.

         Que la operatoria de las distintas áreas hace necesario efectuar transferencias compensatorias de las partidas presupuestarias de gastos, sin que ello implique modificación en el Presupuesto total aprobado.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Partida Bienes de Consumo de la Apertura Programática 51.03.00 Recolección de Residuos la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL ($ 372.000,00) a la Apertura Programática 35.04.00 Área de Mantenimiento de Calles la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL ($ 146.000,00), a la Apertura Programática 36.00.00 Dirección de Obras Públicas la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL ($ 146.000,00) y a la Apertura Programática 37.03.00 Instalaciones Externas –OSM la suma de PESOS OCHENTA MIL ($ 80.000,00) todo dentro de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos.

ART.2º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.751/2012, incrementando el rubro 16.2.01.00 Intereses por Depósitos Internos en la suma de PESOS CUATROCIENTOS TRES  MIL ($ 403.000,00).

ART.3º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.751/2012, incrementando la Partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS SETENTA MIL ($ 70.000,00) de la Apertura

 

ORDENANZA Nº 11817/2013.

 

Programática 37.00.00 Dirección de Obras Sanitarias y Efluentes Cloacales, la Partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS SETENTA MIL ($ 70.000,00) de la Apertura Programática 51.00.00 Dirección de Higiene Urbana, la Partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS OCHENTA MIL ($ 80.000,00) de la Apertura Programática 35.00.00 Subsecretaría General de Mantenimiento, la Partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000,00) de la Apertura Programática51.00.00 Dirección de Higiene Urbana de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos; la Partida Bienes de Uso en la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MIL ($ 38.000,00) de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva de la Jurisdicción 1110200000 H.C.D.; la Partida Servicios no Personales en la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000,00) de la Apertura Programática 01.01.00 Conducción Ejecutiva de la Jurisdicción 1110101000 Presidencia Municipal; la Partida Servicios no Personales en la suma de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000,00) de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Gobierno de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ART.4º.- TRANSFIÉRASE de la Partida Bienes de Consumo a la Partida Bienes de Uso la suma de PESOS  CUATRO MIL QUINIENTOS ($ 4.500,00) dentro de la Apertura Programática 46.00.00 Presupuesto Participativo de la Jurisdicción 1110116000 Participación Ciudadana.

ART.5º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.751/2012, disminuyendo el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros -35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS NOVENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON QUINCE CENTAVOS ($ 97.439,15) con Fuente de Financiamiento Nacional 133.

ART.6º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.751/2012, disminuyendo, con Fuente de Financiamiento Nacional 133, en la Partida 7.0.0.0 Deuda Flotante en la suma de PESOS NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SEIS CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 95.806,79) dentro de la Apertura Programática 01.01.00 Conducción Ejecutiva  de la Jurisdicción 1110103000 Secretaría de Economía y Hacienda y  en la Partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS UN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($ 1.632,36) en la Apertura Programática 26.01.00 Conducción Ejecutiva -Dirección de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social.

ART.7º.- TRANSFIÉRASE de la Partida Bienes de Consumo a la Partida Servicios no Personales la suma de PESOS TRES MIL SETECIENTOS ($ 3.700,00) dentro de la Apertura Programática 25.00.00 Subsecretaría de Desarrollo Social y Salud de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social.

 

 

ORDENANZA Nº 11817/2013.

 

ART.8º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.751/2012, incrementando el rubro 17.2.05.00 Otros Subsidios Nacionales en la suma de PESOS OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS

($ 89.600,00) con Fuente de Financiamiento Nacional 133.

ART.9º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.751/2012, incrementando, con Fuente de Financiamiento Nacional 133 en la Partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS VEINTISIETE MIL CIENTO VEINTICUATRO ($ 27.124,00) y en la Partida Servicios no Personales en la suma de PESOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS ($ 62.476,00) en la Apertura Programática 25.06.00 Dirección de la Tercera Edad de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social.

ART.10º.- TRANSFIÉRASE de la Partida Servicios no Personales a la Partida Bienes de Consumo la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00) dentro de la Apertura Programática 19.00.00 Dirección de Prensa y Ceremonial de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ART.11º.- TRANSFIÉRASE de la Partida Bienes de Consumo a la Partida Servicios no Personales la suma de PESOS VEINTISIETE MIL CIENTO VEINTICUATRO ($ 27.124,00) dentro la Apertura Programática 25.06.00 Dirección de la Tercera Edad de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social.

ART.12º.- TRANSFIÉRASE de la Partida Bienes de Consumo a la Partida Servicios no Personales la suma de PESOS SETECIENTOS ($ 700,00) dentro la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Desarrollo Social de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social.

ART.13º.- TRANSFIÉRASE de la Partida Servicios no Personales a la Partida Bienes de Consumo la suma de PESOS SESENTA MIL ($ 60.000,00) dentro la Apertura Programática 18.00.00 Dirección de Personal y RRHH de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ART.14º.- TRANSFIÉRASE de la Partida Servicios no Personales a la Partida Bienes de Consumo la suma de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000,00) dentro la Apertura Programática 37.00.00 Dirección de Obras Sanitarias y Efluentes de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos.

ART.15º.- TRANSFIÉRASE de la Partida Bienes de Consumo a la Partida Servicios no Personales la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00) dentro la Apertura Programática 25.08.00 Dirección de Deportes de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 16º.- TRANSFIÉRASE de la Partida Bienes de Consumo a la Partida Transferencias la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00) dentro la Apertura Programática 01.00.00 Consejo Mixto de la Jurisdicción 1110107000 Consejo Mixto Gualeguaychú Turismo.

ART.17º.- TRANSFIÉRASE de la Partida Servicios no Personales a la Partida Transferencias la suma de PESOS OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO CON SESENTA CENTAVOS ($ 8.865,60) dentro la

 

ORDENANZA Nº 11817/2013.

 

Apertura Programática 25.06.00 Dirección de la Tercera Edad de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social.

ART.18º.- COMUNIQUESE, ETC…

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 15 de agosto de 2013.

Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

 

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