Ordenanzas - Derogación de la Ordenanza Nº10936/2006


ORDENANZA Nº11027/2007.-

EXPTE.Nº 2900/2007-H.C.D.

 

 

 

        VISTO:

                   El Expediente Nº 4935/05 Caratulado: “ Secretaría de Planeamiento s/convenio de donación, servidumbre y apertura de calle Sr. Altuna Iribarren Carlos María y Otros, y

 

CONSIDERANDO:

                               Que mediante Convenio de Donación suscripto con esta Municipalidad de Gualeguaychú en fecha 26 de septiembre de 2005 los Señores Carlos María Altuna Iribarren L.E Nº 5.874.899, Francisco Ricardo Altuna Iribarren L.E Nº 4.573.328, Raúl Alfredo Altuna Iribarren. L.E Nº 5.878.982, José María Altuna Iribarren, L.E. Nº 5.886.315, Marta Elena Altuna Iribarren, L.C. Nº 5.973.827, Angel Justo Altuna Iribarren L.E. Nº 8.492.282, Juan Alberto Altuna Iribarren D.N.I. Nº 10.667.007, Julio César Altuna Iribarren D.N.I. Nº 12.096.270, Zulma Evelia Altuna Iribarren L.C. Nº 3.683.736, Gladis María Altuna Iribarren L.C. Nº 3.055.290 y María Emilse Altuna Iribarren, L.C. Nº 1.438.347 donaron un terreno de  13 metros de ancho, sito en esta ciudad de Gualeguaychú, Planta Urbana, Manzana 11 G, Fracción denominada Nº 2 (según plano fs.10) con una superficie de 2.517,01 m2 (Dos Mil Quinientos Diecisiete metros cuadrados con un centímetro cuadrado) para ser destinado a la continuación de calle Río de los Pájaros (cláusula primera del convenio) y constituyeron una servidumbre de paso sobre un terreno sito en ciudad de Gualeguaychú, Planta Urbana, Manzana 11 G, Fracción denominada Nº 1, con una superficie de 4.255,75 m2 (cuatro mil doscientos cincuenta y cinco con sesenta y cinco metros cuadrados) para prolongación de calles 2 de Abril y Las Casuarinas (cláusula segunda del convenio).

                               Que tal convenio fue homologado mediante Ordenanza Nº 10875/06.

                               Que mediante Convenio de Donación suscripto en fecha 18 de julio de 2007, los Señores Altuna –

ORDENANZA Nº11027/2007.-

 

 

 Iribarren donaron a la Municipalidad el terreno denominado Fracción Nº 1 de 4.255,75 m2 dejando sin efecto la servidumbre administrativa de paso constituida sobre dicho terreno en el convenio suscripto el 26 de septiembre de 2005.

                               Que por un error involuntario, la Ordenanza Nº 10936/2006 aceptó la donación del inmueble sito en ciudad de Gualeguaychú, Planta Urbana, Manzana 11 G, denominada Fracción Nº1, con una superficie de 4.255,75 m2, cuando debió aceptar la donación de la Fracción denominada Nº2 de 2.517,01 m2, por lo que corresponde derogar la misma en todas sus partes y dictar una nueva Ordenanza que homologue el Convenio suscripto en fecha 18 de julio de 2007 y acepte la donación de las Fracciones Nº1 y Nº2 ordenando su inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble a favor de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú conforme disposiciones del Art.1810 del Código Civil.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- DEROGAR en todas sus partes la Ordenanza Nº 10936/2006, conforme lo expuesto en los Considerandos de la presente.

ART.2º.- HOMOLOGAR el Convenio celebrado entre los Señores Carlos María Altuna Iribarren, L.E. Nº 5.874.899, Francisco Ricardo Altuna Iribarren L.E. Nº 4.573.328, Raúl Alfredo Altuna Iribarren L.E Nº 5.878.982, José María Altuna Iribarren L.E. Nº 5.886.315, Marta Elena Altuna Iribarren L.C Nº 5.973.827, Angel Justo Altuna Iribarren L.E Nº 8.492.282, Juan Alberto Altuna Iribarren D.N.I. Nº 10.667.007, Julio César Altuna Iribarren D.N.I. Nº 12.096.270, Zulma Evelia Altuna Iribarren L.C. Nº 3.683.736, Gladis María Altuna Iribarren L.C. Nº

ORDENANZA Nº11027/2007.-

 

3.055.290 y María Emilse Altuna Iribarren L.C. Nº 1.438.347 y la Municipalidad de San José de Gualeguaychú en fecha 18 de julio de 2007 que obra anexo a las presentes actuaciones.

ART.3º.- ACEPTAR la donación de los siguientes inmuebles para la continuación de las calles Río de los Pájaros, 2 de Abril y Las Casuarinas cuyos datos catastrales son:

  • Plano Nº 71.607, Partida Provincial 51.920, Departamento de Gualeguaychú, ciudad de Gualeguaychú, Zona de Quintas, Sección 6º, Manzana 11 G con domicilio parcelario en calle Perito Moreno s/nº, inscripto en el Registro de la Propiedad a nombre de Carlos María, Francisco Ricardo, Raúl Alfredo, José María, Marta Elena, Angel Justo, Juan Alberto, Julio César, Zulma Evelia, Gladys María y María Emilse Altuna – Iribarren en 1/11 partes cada uno bajo Tomo 81 Folio 2.535 en fecha 13 de agosto de 1968, superficie según título de origen 33.317 m2, propietario anterior Justo Filomeno Altuna (juicio sucesorio) 100 %, superficie de mensura 4.255,75 m2 (cuatro mil doscientos cincuenta y cinco metros cuadrados con setenta y cinco decímetros cuadrados) cuyos límites y linderos son: NORTE: Cinco rectas a saber: (1-2) al S 83º 21´E de 65,64 metros; (2-3) al N 11º 22´E de 64,47 metros ambos lindando con Carlos María Altuna Iribarren y otros; (3-4) al S 79º 43´E de 13,00 metros lindando con calle Las Casuarinas, finalmente (4-5) al S 11º 28´O de 63,57 metros y (5-6) al S 83º 21´E de 52,65 metros ambas lindando con Carlos María Altuna Iribarren y Otros. ESTE: Recta (6-7) al S 9º 08´O de 13,00 metros, linda con Carlos María Altuna Iribarren y Otros. SUR: cinco rectas a saber: (7-8) al N 83º 23´E de 53,19 metros y (8-9) al S 11º 28´O de 134,65 metros ambas lindando con Carlos María Altuna Iribarren y Otros; (9-10) al S 86º 53´O de 13,00 metros, lindando con calle Perito Moreno finalmente (10-11) al N 11º22´E de 136,76 metros y (11-12) al N 83º 23´O de 64,76 metros, ambas lindando con Carlos María Altuna Iribarren y Otros; OESTE: Recta (12-1) al N 7º 32´E de 13,00 metros linda con calle Puerto Argentino.

 

ORDENANZA Nº11027/2007.-

 

  • Plano Nº 71.608, Partida Provincial 51.920, Departamento de Gualeguaychú, ciudad de Gualeguaychú, Zona de Quintas, Sección 6º, Manzana 11 G con domicilio parcelario en calle Perito Moreno s/nº, inscripto en el Registro de la Propiedad a nombre de Carlos María, Francisco Ricardo, Raúl Alfredo, José María, Marta Elena, Angel Justo, Juan Alberto, Julio César, Zulma Evelia, Gladys María y María Emilse Altuna – Iribarren en 1/11 partes cada uno bajo Tomo 81 Folio 2535 en fecha 13 de agosto de 1968, superficie según título de origen 33.317 m2, propietario anterior Justo Filomeno Altuna (juicio sucesorio) 100%, superficie de mensura 2.517,01 (dos  mil quinientos diecisiete metros cuadrados con un decímetro cuadrado) cuyos límites y linderos son: NORTE: Recta (1-2) al S 79º 43´E de 13,00 metros linda con calle Río de los Pájaros. ESTE: Recta (2-3) al S 9º 13´O de 194,37 metros, linda con Carlos María Altuna Iribarren y Otros. SUR: Recta (3-4) al S 86º 53´O de 13,00 metros linda con calle Perito Moreno y OESTE: Recta (4-1) al N 90º 08´E de 197,39 metros, linda con Carlos María Altuna Iribarren y Otros. Partida 147.465.

ART4º.- ORDENAR la inscripción de los inmuebles a favor de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú en el Registro de la Propiedad Inmueble en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art.1810 del Código Civil.

ART.5º.- COMUNIQUESE,ETC...

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 16 de agosto de 2007.

Héctor de la Fuente, Presidente – Gerardo Sánchez, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

 

 

 

 

 

 

 

ORDENANZA Nº 11296/2009.-

EXPTE.Nº 3324/2009-H.C.D.

 

VISTO:

             El Expediente Nº 4935/05 Caratulado: “ Secretaría de Planeamiento s/convenio de donación servidumbre y  apertura de calles Sr. Altuna Iribarren Carlos María y Otros “, y

 

CONSIDERANDO:

                               Que en dichas actuaciones se dictó la Ordenanza Nº 11027/07 mediante la cual se aceptó la donación de dos inmuebles que se describen, los cuales serán afectados a la apertura de calles Río de los Pájaros, Las Casuarinas y Avenida 2 de Abril.

                               Que con anterioridad, en estas mismas actuaciones, el Lote Nº 1 (Plano de fs.10) había sido sometido a una servidumbre  de paso, por lo que  la mensura en la que se basó la Ordenanza Nº 11027/07, para la descripción del terreno donado (Plano Nº 71607 obrante a fs.14) quedó sin efecto, habiéndose realizado una nueva mensura que lleva el Nº de Plano 75027 y se refiere, como se dijo, a la superficie del denominado Lote Nº 1.

                               Que por las razones expuestas, y a fin de proceder a la inscripción de los bienes a nombre de esta Municipalidad, conforme disposiciones del Art.1810 del Código Civil, corresponde rectificar los Arts. 2º y 3º de la Ordenanza Nº 11027/07, ratificando la Homologación de los Convenios de donación de inmueble para apertura de calles celebrados entre esta Municipalidad y los Señores Carlos María Altuna Iribarren, L.E. Nº 5.874.899, Francisco Ricardo Altuna Iribarren, L.E. Nº 4.573.328,  Raúl Alfredo Altuna Iribarren, L.E. Nº 5.878.982, José María Altuna Iribarren, L.E. Nº 5.886.315, Marta Elena Altuna Iribarren, L.C.Nº 5.973.827, Angel Justo Altuna Iribarren, L.E. Nº 8.492.282, Juan Alberto Altuna Iribarren, D.N.I. Nº 10.667.007, Julio César Altuna Iribarren, D.N.I. Nº 12.095.270, Zulma Evelia Altuna Iribarren, L.C. Nº 3.683.736, Gladys María Altuna Iribarren, L.C. Nº 3.055.290 y María Emilse Altuna Iribarren L.C. Nº 1.438.347, mediante uno de los cuales, de fecha 26/09/05 que obra a fs.5 , donan un terreno de trece metros de ancho y una superficie de 2517,01 metros cuadrados, para ser destinado a la continuación de calle Río de los Pájaros cuyos datos catastrales son: Plano 71608 sito en ciudad de Gualeguaychú, Zona de Quintas, Sección 6º, Manzana 11 G, con una superficie de 2.517,01 m2, cuyos límites y linderos son: NORTE: Recta (1-2) al S 79º 43´E de 13,00 metros, linda con calle Río de los Pájaros. ESTE: Recta (2-3) al S 9º 13´O de 194,37 metros, linda con Carlos María Altuna Iribarren y Otros. SUR: Recta (3-4) al S. 86º 53´ O linda con calle Perito Moreno y OESTE: Recta (4-1) al N 9º 08´E de 197,39 metros linda

con Carlos María Altuna Iribarren y Otros. Partida Nº 147.465, y el otro convenio, suscripto entre las mismas partes, de fecha 18/07/07 que obra a fs. 18 mediante el cual donan un terreno de  13 metros de ancho y una superficie de 4.255,75 para ser destinada a la continuación de calles 2 de Abril y Las Casuarinas, cuyos datos catastrales son Plano Nº 75027, sito en Ejido de Gualeguaychú, Zona de Quintas, Manzana 11 G, Sección Sexta con una superficie de 4.255,75 m2, cuyos límites y linderos son: NORTE: recta (1-2) al S 79º 43´E de 13,00 metros, linda con calle Las Casuarinas. ESTE: Cinco rectas a saber: (2-3) al S 11º 28´O de 64,20 metros y (3-4) al S 83º 21´E de 52,60 metros, ambas lindando con más propiedad de Carlos María Altuna Iribarren y Otros. (4-5) al S 9º 08´O de 13,00 metros, lindando con calle Río de los Pájaros, finalmente (5-6) al N 83º 23´O de 53,30 metros y (6-7) al S 11º 28´O de 134,40 metros, ambas lindando con más propiedad de Carlos María Altuna Iribarren y Otros. SUR:  Recta  (7-8) al S 86º 53´O de 13,00 metros, linda con calle Perito Moreno y OESTE: Cinco rectas a saber: (8-9) al N 11º 22´E de 136,80 metros y (9-10) al N 83º 23´O de 65,50 metros ambas lindando con más propiedad de  Carlos María Altuna Iribarren y Otros, (10-11) al N 7º 32´E de 13,00 metros, lindando con calle Puerto Argentino, finalmente (11-12) al S 83º 21´E de 66,30 metros y (12-1) al N 11º 22´E de 64,75 metros, ambas lindando con más propiedad de Carlos María Altuna Iribarren y Otros. Partida Nº 149.727.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- RECTIFIQUENSE los Arts. 2º y 3º de la Ordenanza Nº 11027/07 los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: “Art.2º.- RATIFICASE la Homologación de los convenios celebrados entre esta Municipalidad y los Señores Carlos María Altuna Iribarren, L.E Nº 5.874.899, Francisco Ricardo Altuna Iribarren, L.E. Nº 4.573.328, Raúl Alfredo Altuna Iribarren, L.E. Nº 5.878.982, José María Altuna Iribarren, L.E. Nº 5.886.315, Marta Elena Altuna Iribarren, L.C. Nº 5.973.827, Angel Justo Altuna Iribarren, L.E. Nº 8.492.282, Juan Alberto Altuna Iribarren, D.N.I. Nº 10.667.007, Julio César Altuna Iribarren, D.N.I. Nº 12.095.270, Zulma Evelia Altuna Iribarren, L.C. Nº 3.683.736, Gladys María Altuna Iribarren, L.C. Nº 3.055.290 y María Emilse Altuna Iribarren, L.C. Nº

1.438.347 en fecha 26 de septiembre de 2005 y 18 de julio de 2007 que obran anexos a fs. 5 y 18 de las presentes actuaciones.

ART.3º.- ACEPTASE la donación de los inmuebles propiedad de los Sres. Altuna – Iribarren, cuyos datos catastrales son:Plano 71608 sito en ciudad de Gualeguaychú, Zona de Quintas, Sección 6º, Manzana 11 G, con una superficie de 2.517,01 m2, cuyos límites y linderos son: NORTE: recta (1-2) al S 79º 43´E de 13,00 metros, linda con calle Río de los Pájaros. ESTE: Recta (2-3) al S 9º 13´O de 194,37 metros, linda con Carlos María Altuna Iribarren y otros. Sur: (3-4) al S 86º 53´O linda con calle Perito Moreno y OESTE: recta (4-1) al N 9º 08´E de 197,39 metros, linda con Carlos María Altuna Iribarren y otros. Partida Nº 147.465 y Plano Nº 75.027, sito en Ejido de Gualeguaychú, Zona de Quintas, Manzana 11 G, Sección Sexta con una superficie de 4.255,75 m2 cuyos límites y linderos son: NORTE: Recta (1-2) al S 79º 43´E de 13,00 metros, linda con calle Las Casuarinas. ESTE: Cinco rectas a saber: (2-3) al S. 11º 28´O de 64,20 metros y (3-4) al S 83º 21´E de 52,60 metros, ambas lindando con más propiedad de Carlos María Altuna Iribarren y otros, (4-5) al S 9º 08´O de 13,00 metros, lindando con calle Río de los Pájaros, finalmente (5-6) al N 83º 23´O de 53,30 metros y (6-7) al S 11º 28´O de 134,40 metros, ambas lindando con más propiedad de Carlos María Altuna Iribarren y otros. SUR: recta (7-8) al S 86º 53´O de 13,00 metros, linda con calle Perito Moreno y OESTE: Cinco rectas a saber: (8-9) al N 11º 22´E de 136,80 metros y (9-10) al N 83º 23´O de 65,50 metros, ambas lindando con mas propiedad de Carlos María Altuna Iribarren y otros. (10-11) al N 7º 32´E de 13,00 metros lindando con calle Puerto Argentino, finalmente (11-12) al S 83º 21´ E de 66,30 metros y (12-1) al N 11º 22´E de 64,75 metros, ambas lindando con más propiedad de Carlos María Altuna Iribarren y otros. Partida Nº 149.727.

 ART.2º.- ORDENAR la inscripción de los inmuebles a favor de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú en el Registro de la Propiedad Inmueble en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 1810 del Código Civil.

ART.3º.- COMUNIQUESE, ETC…

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 15 de octubre de 2009.

Liliana M. Ríos, Presidenta – Lisandro Gamarra, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ORDENANZA Nº 11868/2014.-

EXPTE.Nº 5175/2013-H.C.D.-

VISTO:                                                                                                                                                                                                    La Ordenanza Nº 11296/2009, dictada en el Expediente Nº 4935/05  caratulado: “SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO S/ CONVENIO DE DONACIÓN SERVIDUMBRE Y APERTURA DE CALLES SRES. ALTUNA IRIBARREN CARLOS MARIA Y OTROS; y

        

CONSIDERANDO:

         Que la referida Ordenanza Nº 11.296 ordena la inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble local y a favor de esta Municipalidad, de dos inmuebles que serán afectados a la apertura de calles Río de los Pájaros, Las Casuarinas y Avenida 2 de Abril, cuyos Planos Catastrales son el Nº 71.608 y 75.027.

Que en virtud de observaciones realizadas, el Registro de la Propiedad Inmueble procedió a una inscripción provisional por el término de 180 días, cuestión que debe ser subsanada mediante la rectificación de la mencionada normativa.

Que los propietarios de los inmuebles donados para la apertura de las mencionadas calles en un porcentaje de 1/11 parte indivisa cada uno son: Señor Carlos María ALTUNA IRIBARREN, LE Nº 5.874.899, CUIL Nº 27-05874899-5, casado con la Señora Nélida Raquel REYNOSO; Señor Francisco Ricardo ALTUNA IRIBARREN, LE Nº 4.573.328, CUIL Nº 20-04573328-9, casado con la Señora Melba Nivia CANO; Señor Raúl Alfredo ALTUNA IRIBARREN, LE Nº 5.878.982, CUIL Nº 20-05878982-9, casado con la Señora Inés Teresa TELLECHEA; Señor José María ALTUNA IRIBARREN, LE Nº 5.886.315, CUIL Nº 20-05886315-8, casado con la Señora Gladys OVIEDO; Señora Marta Elena ALTUNA IRIBARREN, LC Nº 5.973.827, CUIL Nº 27-05973827-0, casada con el Señor José Horacio RAMIREZ; Señor Ángel Justo ALTUNA IRIBARREN, LE Nº 8.492.282, CUIL Nº 20-08492282-9, casado con la Señora Blanca Stella AREZ; Señor Juan Alberto ALTUNA IRIBARREN, DNI Nº 10.667.007, CUIL Nº 20-10667007-3, casado con la Señora Gladis Mabel ALIANA; Señor Julio César ALTUNA IRIBARREN, DNI Nº 12.095.270, CUIL Nº 20-12095270-7, casado con la Señora Lucrecia Beatriz RODRIGUEZ; Señora Zulma Evelia ALTUNA IRIBARREN, LC Nº 3.683.736, CUIL Nº 27-03683736-0, soltera; Señora Gladys María ALTUNA IRIBARREN, LC Nº 3.055.290, CUIL Nº 27-03055290-9, casada con el Señor Luís Alberto MOSTTO; y Señora María Emilce ALTUNA IRIBARREN, LC Nº 1.438.347, CUIL Nº 27-01438347-1, casada con el Señor Filomeno Alfredo FERNANDEZ, todos con domicilio constituido en calle Padre Schachtel Nº 68 de esta ciudad.

Que ambos inmuebles se desglosan de mayor superficie inscripta bajo Tomo 81 Folio 2535, con una superficie según título de origen de 33.317,00 m2, con fecha de inscripción en 13/08/1968 por el Juzgado en lo Civil y Comercial de Gualeguaychú, y les correspondió a los titulares por adjudicación en el juicio sucesorio del Señor Justo Filomeno ALTUNA (100%).

Que los  datos catastrales de los inmuebles que se donan a esta Municipalidad son: Plano Nº 71.608 sito en Ciudad de Gualeguaychú, Zona de Quintas, Sección 6º, Manzana 11 G, con una superficie de 2.517,01 m2 cuyos límites y linderos son:  NORTE: Recta (1-2) al S 79º 43´E de 13,00 metros linda con calle Río de los Pájaros;  ESTE: Recta (2-3) al  S 9º 13´O de 194,37 metros linda con el Señor Carlos María ALTUNA IRIBARREN y otros;  SUR: Recta (3-4) al S 86º 53´ O de 13,00 m linda con calle Perito Moreno: y OESTE: Recta (4-1) al N 9º 08´E de 197,39 metros linda con el Señor Carlos María ALTUNA IRIBARREN y otros  Partida Nº 147.465; y Plano Nº 75.027, sito en Ejido de Gualeguaychú, Zona de Quintas, Manzana 11 G, Sección Sexta con una superficie de 4.255,75 m2 cuyos límites y linderos son: NORTE: Recta (1-2) al S 79º 43 ´E de 13,00 metros linda con calle Las Casuarinas; ESTE: Cinco rectas a saber: (2-3) al S 11º 28´O de 64,20 metros y (3-4) al S 83º 21´E de 52,60 metros ambas lindando con más propiedad del Señor Carlos María ALTUNA IRIBARREN y otros, (4-5) al S. 9º 08´ O de 13,00 metros lindando con calle Río de los Pájaros, finalmente (5-6) al N 83º 23º´O de 53,30 metros y (6-7) al S 11º 28´O de 134,40 metros ambas lindando con más propiedad del Señor Carlos María ALTUNA IRIBARREN y otros;  SUR: Recta  (7-8) al S 86º 53´O de 13,00 metros linda con calle Perito Moreno; y OESTE:  Cinco rectas a saber: (8-9) al N 11º 22´E de 136,80 metros y (9-10) al N 83º 23´O  de 65,50 metros ambas lindando con más propiedad del Señor Carlos María ALTUNA IRIBARREN y otros, (10-11) al N 7º 32´E de 13,00 metros lindando con calle Puerto Argentino, finalmente (11-12) al S 83º 21 ´E de 66,30 metros y (12-1) al N 11º 22´E de 64,75 metros ambas lindando con más propiedad del Señor Carlos María ALTUNA IRIBARREN y otros, Partida Nº 149.727.

Que el informe de Dominio Nº 7.276 de fecha 13 de septiembre de 2013 textualmente informa: “El Registro de la Propiedad Inmueble INFORMA: que las personas indicadas en la presente solicitud no están inhibidas según Base de Datos y constan como titulares del Tomo 81 Folio 2.535 D.U. sup. s/ título 3 ha, 33 as, 17 cs, Plano 23.869; constan transferidos, no se expresa remanente y el mismo carece de hipoteca, embargo y restricciones al dominio. Sin reserva de prioridad. Art. 55 Ley 6964.  Tasa: exenta. Firmado Dra. María Cristina Bisogni. 2da Jefa. Registro Público de Gualeguaychú.”

Que a efectos de lograr la inscripción definitiva de los inmuebles a favor de esta Municipalidad de Gualeguaychú corresponde la rectificación de la Ordenanza Nº 11.296/09,  incluyendo todos los antecedentes solicitados por el Registro Público, no así el asentimiento conyugal ya que se trata de bienes de carácter propio adquiridos a título gratuito.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- RECTIFÍQUESE los articulo 1º y 2º de la Ordenanza Nº 11.296/09 los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: “ARTICULO 1º.- RATIFIQUESE la  HOMOLOGACIÓN de los  Convenios  celebrados entre esta Municipalidad y Señor Carlos María ALTUNA IRIBARREN, LE Nº 5.874.899, CUIL Nº 27-05874899-5, casado con la Señora Nélida Raquel REYNOSO; Señor Francisco Ricardo ALTUNA IRIBARREN, LE Nº 4.573.328, CUIL Nº 20-04573328-9, casado con la Señora Melba Nivia CANO; Señor Raúl Alfredo ALTUNA IRIBARREN, LE Nº 5.878.982, CUIL Nº 20-05878982-9, casado con la Señora Inés Teresa TELLECHEA; Señor José María ALTUNA IRIBARREN, LE Nº 5.886.315, CUIL Nº 20-05886315-8, casado con la Señora Gladys OVIEDO; Señora Marta Elena ALTUNA IRIBARREN, LC Nº 5.973.827, CUIL Nº 27-05973827-0, casada con el Señor José Horacio RAMIREZ; Señor Ángel Justo ALTUNA IRIBARREN, LE Nº 8.492.282, CUIL Nº 20-08492282-9, casado con la Señora Blanca Stella AREZ; Señor Juan Alberto ALTUNA IRIBARREN, DNI Nº 10.667.007, CUIL Nº 20-10667007-3, casado con la Señora Gladis Mabel ALIANA; Señor Julio César ALTUNA IRIBARREN, DNI Nº 12.095.270, CUIL Nº 20-12095270-7, casado con la Señora Lucrecia Beatriz RODRIGUEZ; Señora Zulma Evelia ALTUNA IRIBARREN, LC Nº 3.683.736, CUIL Nº 27-03683736-0, soltera; Señora Gladys María ALTUNA IRIBARREN, LC Nº 3.055.290, CUIL Nº 27-03055290-9, casada con el Señor Luís Alberto MOSTTO; y Señora María Emilce ALTUNA IRIBARREN, LC Nº 1.438.347, CUIL Nº 27-01438347-1, casada con el Señor Filomeno Alfredo FERNANDEZ, todos con domicilio constituido en calle Padre Schäctel Nº 68 de esta ciudad” y “ARTICULO 2.- ACÉPTESE por parte de esta MUNICIPALIDAD D SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, CUIT Nº 30-64254968-1, con domicilio en calle H. Irigoyen Nº 75 de esta ciudad, la donación de los inmuebles propiedad de los Señores. ALTUNA - IRIBARREN cuyos datos catastrales son: Plano Nº 71.608 sito en Ciudad de Gualeguaychú, Zona de Quintas, Sección 6º, Manzana 11 G, con una superficie de 2.517,01 m2 cuyos límites y linderos son:  NORTE: Recta (1-2) al S 79º 43´E de 13,00 metros linda con calle Río de los Pájaros;  ESTE: Recta (2-3) al  S 9º 13´O de 194,37 metros linda con el Señor Carlos María ALTUNA IRIBARREN y otros;  SUR: Recta (3-4) al S 86º 53´ O de 13,00 m linda con calle Perito Moreno: y OESTE: Recta (4-1) al N 9º 08´E de 197,39 metros linda con el Señor Carlos María ALTUNA IRIBARREN y otros  Partida Nº 147.465; y Plano Nº 75.027, sito en Ejido de Gualeguaychú, Zona de Quintas, Manzana 11 G, Sección Sexta con una superficie de 4.255,75 m2 cuyos límites y linderos son: NORTE: Recta (1-2) al S 79º 43 ´E de 13,00 metros linda con calle Las Casuarinas; ESTE: Cinco rectas a saber: (2-3) al S 11º 28´O de 64,20 metros y (3-4) al S 83º 21´E de 52,60 metros ambas lindando con más propiedad del Señor Carlos María ALTUNA IRIBARREN y otros, (4-5) al S. 9º 08´ O de 13,00 metros lindando con calle Río de los Pájaros, finalmente (5-6) al N 83º 23º´O de 53,30 metros y (6-7) al S 11º 28´O de 134,40 metros ambas lindando con más propiedad del Señor Carlos María ALTUNA IRIBARREN y otros;  SUR: Recta  (7-8) al S 86º 53´O de 13,00 metros linda con calle Perito Moreno; y OESTE:  Cinco rectas a saber: (8-9) al N 11º 22´E de 136,80 metros y (9-10) al N 83º 23´O  de 65,50 metros ambas lindando con más propiedad del Señor Carlos María ALTUNA IRIBARREN y otros, (10-11) al N 7º 32´E de 13,00 metros lindando con calle Puerto Argentino, finalmente (11-12) al S 83º 21 ´E de 66,30 metros y (12-1) al N 11º 22´E de 64,75 metros ambas lindando con más propiedad del Señor Carlos María ALTUNA IRIBARREN y otros,  Partida Nº 149.727.”

ART.2º.- ORDÉNESE la inscripción de los inmuebles a favor de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú en el Registro de la Propiedad Inmueble en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 1810 del Código Civil.

ART.3º.- COMUNIQUESE, ETC…

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 22 de mayo de 2014.

Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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