Ordenanzas - Instalación de antena de la Televisión Digital Abierta


ORDENANZA Nº11706/2012.-

EXPTE.Nº 4720/2012-H.C.D.

 

VISTO:

            El Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre implementado mediante Decreto Nº 1148/2009 del Poder Ejecutivo Nacional; y

 

CONSIDERANDO:

                               Que el mismo consiste en un conjunto de patrones tecnológicos para la transmisión y recepción de señales digitales terrestres de radiodifusión de imágenes y sonido.

                               Que mediante el artículo 2º del Decreto 1148/2009 PEN se creó el Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre (SATVD-T) el cual se encuentra presidido por el titular del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

                               Que el Decreto 364/2010 PEN declaró de interés público la Plataforma Nacional de Televisión Digital Terrestre implementada por la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales S.A. (AR-SAT) integrada por los sistema de transmisión y recepción de señales digitalizadas.

                               Que la Municipalidad de Gualeguaychú se encuentra en condiciones de implementar el Sistema Argentino de Televisión  Digital Terrestre (SATVD-T) para lo cual resulta indispensable disponer de un terreno para la instalación de la plataforma, el mástil y sus correspondientes riendas y anclajes necesarios para el soporte del equipamiento de transmisión y repetición de la Televisión Digital Abierta.

                               Que mediante Ordenanza Nº 11.692/2012 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, se autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar la donación ofrecida por la Provincia de Entre Ríos del inmueble ubicado en el Departamento Gualeguaychú, Distrito Costa del Uruguay, Partida Provincial Nº 148.674, Plano de Mensura Nº 73.921, con una superficie de 49 has. 55 as. 02 cs., el cual se encuentra afectado a la disposición final de residuos domiciliarios.

                               Que la Secretaría de Planeamiento ha merituado que el aludido inmueble, por su ubicación y características, resulta apto para la instalación del equipamiento de transmisión de la Televisión Digital Abierta, habiendo ponderado que la plataforma a instalar, se emplazará en una parte del inmueble, que por sus características particulares – predio disposición final -, no puede destinarse a otros usos productivos ni habitacionales, estimando

 

ORDENANZA Nº 11706/2012.-

 

además que en nada afectaría el fin al cual se encuentra destinado el predio.

                               Que en consecuencia, es decisión de este Honorable Concejo Deliberante autorizar la instalación de una plataforma, mástil y sus correspondientes riendas y anclajes, para el soporte del equipamiento de transmisión y repetición de la Televisión Digital Abierta en el marco del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre (SATVD-T), en el inmueble sito en Departamento Gualeguaychú, Distrito Costa del Uruguay, Partida Provincial Nº 148.674, Plano de Mensura Nº 73.921, facultando al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Convenio correspondiente con el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios

 

POR ELLO:

 

EL NONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1°.- AUTORIZAR la instalación de una plataforma, mástil y sus correspondientes riendas y anclajes para el soporte del equipamiento de transmisión y repetición de la Televisión Digital Abierta en el marco del Sistema Argentino de Televisión  Digital Terrestre (SATVD-T) en el inmueble ubicado en el Departamento Gualeguaychú, Distrito Costa del Uruguay, Partida Provincial Nº 148.674, Plano de Mensura Nº 73.921.

ART. 2º.- FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Convenio correspondiente para la instalación, implementación y desarrollo de la Plataforma Nacional de Televisión Digital Terrestre con el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

ART.3º.- COMUNIQUESE, ETC….

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 24 de mayo de 2012.

Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico

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